LA REPRESIÓN EN CHILE 4, Cap. 4. EJECUCIONES

CAPITULO IV. LAS VIOLACIONES AL DERECHO A LA VIDA: EJECUCIONES, DETENCIONES CON DESAPARICIÓN Y HERIDOS

LA REPRESIÓN EN CHILE, 1973-1989 

Patricio Orellana Vargas

CAPÍTULO IV. 

4. LAS VIOLACIONES AL DERECHO A LA VIDA: EJECUCIONES, DETENCIONES CON DESAPARICIÓN Y HERIDOS

4.1 las violaciones al derecho a la vida: ejecuciones, detenciones con desaparicion y heridos.

El sistema represivo, como se ha señalado oportunamente, intenta el objetivo de tener y mantener una sociedad civil dócil y desorganizada. Para ello es necesario difundir el temor en toda la sociedad y la amenaza de la muerte y la desaparición son dos de los grandes miedos que pueblan la sociedad reprimida. Para ello no es necesario matar o hacer desaparecer a todos los opositores, esto, fuera de ser imposible generaría una deslegitimización total del régimen. La muerte es imprescindible para mantener el clima de temor, pero no puede usarse masivamente, ya que la eliminación física del opositor no es la condición para el triunfo de la dictadura, pues lo que se persigue es la destrucción de los vínculos orgánicos de la masa popular y opositora.

La muerte y su sombra, la desaparición, deben estar presentes como realidad y como probabilidad.

El efecto inhibición se difundirá en la sociedad en la medida de que muchos piensen que ellos o sus seres queridos pueden ser víctimas mortales de la represión, muriendo o desapareciendo. Para que este temor sea real, tiene que estar fundado en un número importante, pero indeterminado de muertes y desapariciones.

Estas son las razones que justificaron le ejecución y desaparición de varios millares de chilenos. Estas son las razones represivas del uso de la muerte.

Las justificaciones presentadas por el régimen militar, más que intentar convencer a la sociedad de la justicia o justificación de estos hechos, fueron excusas para apaciguar a los propios militares que debieron ejecutar las matanzas en los primeros meses de la dictadura y posteriormente para generar un espíritu colectivo de cuerpo en los organismos represivos que se creaban. Estas excusas se han mencionado antes y se fundan en la existencia de un plan ZETA que tenías como objetivo eliminar a militares y a líderes de la derecha. Este plan, como quedó demostrado en los juicios en los que se le investigó, no pasó de ser una creación de los mismos servicios de inteligencia militar. Las otras argumentaciones castrenses mantenidas aún en 1990 en la declaración del Ejército citada antes, era la de que había una guerra en contra de un ejército subversivo con miles de miembros, contra el cual no se dio ni una sola batalla, por el simple hecho de que no existía.

La eliminación física de los opositores o “enemigos” como fueron definidos legalmente, fue practicada por distintas unidades del Ejército, Marina, Aviación, Carabineros e Investigaciones en los primeros meses de la dictadura, poco después, esta tarea de aniquilamiento se encomendó a un servicio especializado: la DINA-CNI, que contó con la cooperación de Carabineros e Investigaciones en estas tareas.

La muerte tiene la connotación final que amenaza a todo ser vivo y ante la cual el terror es la actitud normal que se asume, la excepcionalidad de la vida en el universo, la hace presentarse como un hecho absolutamente original. Su excepcionalidad le da el valor supremo que se le asigna. Desde el punto de vista religioso la vida es un don divino y de allí su valor supremo.

La muerte asignada por el Estado y ejecutada por sus agentes, asume así una presencia pavorosa a la vez que expresa el máximo todopoder del Estado. Las concepciones humanistas y religiosas de la vida no tienen ninguna significación en la lógica militar que se ha introducido en la vida civil. La muerte es meramente un eficaz instrumento para obtener el objetivo propuesto, su dosificación es resolución de los estrategas y tácticos que dirigen el sistema represivo. Una cuota de muertes es imprescindible para lograr el disciplinamiento social y esa cuota se alcanza sin ningún escrúpulo moral. La lógica militar empleada en Chile, es de un calibre especial, dado que declarando que hay una guerra en el país, al mismo tiempo no se aceptó la aplicación del Derecho Humanitario que rige estos conflictos.

Sin embargo, el temor a la muerte, que sufre todo ser humano, fue acrecentado deliberadamente por la dictadura militar. En efecto, hasta ahora, la desaparición de detenidos fue una forma de superar hasta la gravedad de la misma muerte, pues ya no sólo existe la muerte, sino que ésta es incierta e impide completar el ciclo que cultural y legalmente implica la muerte. El desaparecido está muerto y no lo está, el duelo es permanente y sin fin para la familia, la esperanza existe sin ninguna base real. La detención con desaparición es el instrumento más elaborado en el daño que causa, no sólo en el afectado sino que a todo su núcleo familiar y al círculo que lo rodeó.

El efecto de temor provocado en la sociedad es el máximo: un Estado todopoderoso detiene y hace desaparecer a las personas, sin ninguna explicación, sin ninguna responsabilidad y sin ni siquiera tener la certeza de que la desaparición existió.

La superación de la muerte como instrumento de terror- si ello puede existir- es la detención con desaparición. El acto típicamente estatal de la detención culmina con la desaparición de la persona que ha estado a cargo del Estado. El Estado pasa a ser lo que anticipaba Hobbes y este Estado leviatánico pasa a ser el lobo del hombre.

4.2 Les ejecuciones y desapariciones como conjunto de instrumentos represivos

La Comisión de Verdad y Reconciliación, llamada Comisión Rettig, se creó para “establecer un cuadro lo más completo posible sobre los graves hechos de violación a los derechos humanos, sus antecedentes y circunstancias”. (Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, s.f. ). Estos graves hechos fueron definidos como “las desapariciones de personas detenidas, las ejecuciones, las torturas con resultado de muerte cometidas por agentes del Estado o personas al servicio de éste y los secuestros y atentados contra la vida cometidos por particulares bajo pretextos políticos”.

En estos términos la Comisión se preocupó de dos tipos de hechos de distinta naturaleza:

– Las muertes y detenciones con desaparición, tipificadas como violaciones a los derechos humanos de carácter “grave”.

– Las muertes por violencia política.

Simultáneamente dejó al margen de su estudio y por ende de la calificación de “grave” a otras violaciones a los derechos humanos como la tortura (sin resultado inmediato de muerte), las detenciones arbitrarias, el exilio en todas sus formas, los amedrentamientos, los allanamientos, los tratos crueles, los intentos de homicidio, los heridos, etc.

A la Comisión se le asigna un objetivo claramente delimitado y constituido por los dos tipos de delitos señalados, márgenes de los cuales no puede salirse y que deben ser entendidos como una imposición del Estado. Sin embargo, la Comisión va mucho más allá de ello y se define doctrinariamente en una posición que nadie le impone.

Lo más discutible es que la Comisión se adscribe a la tendencia de considerar como violación a los derechos humanos, no solamente a la cometida por el Estado, sino aquella que realizan los particulares bajo pretextos políticos. De esta manera la Comisión hace iguales al delito del Estado al delito del particular, en contra de toda la tradición mantenida por los organismos de derechos humanos de Chile y del mundo. Esta confusión conceptual, gravísima según nuestro punto de vista, es una concesión a los violadores a los derechos humanos, pues pone en el mismo nivel a quien comete un delito por motivos políticos a la política de todo un Estado, que coloca al ser humano como objeto de sus violaciones. En la tradición de los organismos de derechos humanos, ambos casos son delitos, pero su naturaleza es radicalmente distinta porque una persona y el Estado son entes de poder diametralmente distinto y pueden transformarse en delincuentes de calibre también distinto.

Se trata entonces de un estudio sobre algunas violaciones a los derechos humanos que se presentan conjuntamente con casos de violencia política, que no tienen relación conceptual con las violaciones a los derechos humanos.

Sin embargo, pese a estas limitaciones y a otras, el Informe es una de las principales fuentes para estudiar el tema de muertes y desapariciones de detenidos, ya que todas las organizaciones de derechos humanos entregaron toda su información acumulada durante años a esta Comisión.

4.3 Cuantificación de las ejecuciones y desapariciones.

Las ejecuciones y las desapariciones son de naturaleza muy distinta y es por ello que se analizarán separadamente. Sin embargo, por razones estadísticas, dado que algunos datos relativos a este tema están registrados juntos, la primera aproximación se hará al conjunto ejecuciones-desapariciones.

Como en otras situaciones hay dos tipos de fuentes para hacer las cuantificaciones: las oficiales y las de organismos de derechos humanos.

La Comisión de Verdad y Reconciliación acudió a estas dos fuentes: los organismos de derechos humanos y a aparatos estatales que tuvieron participación en la represión, recibiendo sus descargos y aceptando denuncias de muertes por motivaciones políticas y los incluyó como víctimas.

Sin embargo la Comisión no recurrió exhaustivamente a la información disponible en el Servicio de Registro Civil e Identificaciones, ni en el Servicio de Salud. Así por ejemplo, no registró los 1.308 casos reconocidos oficialmente como “muertes en operaciones de guerra” registrados en los Anuarios Demográficos durante el gobierno militar, ni las aumentos de muertes causadas por balas o laceraciones y heridas registrados en los certificados de defunciones, especialmente durante 1973.

A pesar de no contar con atribuciones ni poderes para realizar estudios exhaustivos en estos aspectos, la Comisión Chilena de Derechos Humanos ha efectuado investigaciones en este sentido y en el presente documento registramos, además, los datos de muertes en operaciones de guerra y superávit de muertes por laceraciones y heridas ocurridas especialmente en 1973 y en el período 1973-1980 registradas por nosotros.

La negativa permanente, aunque vacilante, de la dictadura militar respecto de los detenidos desaparecidos ha impedido tener una cifra exacta de los afectados por este instrumento represivo, sin embargo, la esperanza de encontrarlos con vida ha sido un acicate para que las familias hayan presentado denuncias y se tenga una cifra, sin duda muy aproximada, del número real de detenidos desaparecidos. En cambio, en el caso de los ejecutados, la situación es muy distinta, al no existir esperanzas de recuperar a sus miembros ejecutados, las familias han sido más renuentes para hacer las denuncias. Sin embargo, éstas no pueden estar muy lejos de la realidad, ya que los cementerios clandestinos, que han sido ubicados al azar, demuestran que casi todos los cadáveres identificados correspondían a casos denunciados como ejecutados o como detenidos desaparecidos. Con ello se ha demostrado fehacientemente que los casos registrados por los organismos de derechos humanos, especialmente los de la Vicaría de la Solidaridad, corresponden a los descubrimientos de cadáveres efectuados posteriormente. De los listados originales se han eliminado 87 casos de detenidos desaparecidos que correspondían a ejecutados. Esta comprobación de que los listados de detenidos desaparecidos eran totalmente verídicos se comprobó al encontrar esos 87 cadáveres y echó por tierra todas las argumentaciones de la dictadura militar en el sentido que esas personas no existían, se habían ido del país o que se habían matado entre ellos en el exterior.

La cuantificación de estas graves violaciones a los derechos humanos se harán en tres niveles, siguiendo la orientación de la Comisión Rettig se presentaran los datos globales sobre ejecuciones y desapariciones, excluyendo lo que se ha advertido como tema ajeno a los derechos humanos: la violencia política.

El segundo nivel se refiere a las detenciones con desaparición y finalmente a las ejecuciones, para reconstruir el panorama global de estas violaciones. Esto se hará en los apartados correspondientes a éstos instrumentos represivos.

Las fuentes y registros oficiales, algunas de las cuales, hasta hace poco tiempo estuvieron vedadas, ahora están mucho más accesibles, especialmente las vinculadas al Servicio de Identificación y Registro Civil. Lo que ha permitido hacer estudios muy acuciosos sobre muertes, estudios que se mencionarán más adelante.

La primera aproximación que se puede hacer en términos cuantitativos es recurrir a la información oficial demográfica, la que siempre ha estado disponible. esta información reviste un especial interés cuando se analizan los datos de causas de mortalidad pues hay una categoría que se denomina “muertes resultantes de operaciones de guerra”, categoría en la que se presentan casos sólo desde 1973 en adelante, lo que significa un reconocimiento oficial a que las muertes provienen de la “guerra” que se desató en 1973. La información se mantiene anualmente hasta 1980, pero a partir de 1981 se elimina esta causa de muertes y se elimina la categoría mencionada, de manera que a partir de 1981 se carece de información. Sin embargo los datos acumulados del período 1973-1980 alcanzan a 1308 personas, lo que se puede considerar como el mínimo oficialmente reconocido de muertes ocurridas “en operaciones de guerra”, que debe incluir los casos de uniformados que cayeron en esas circunstancias (87 casos de víctimas de la violencia política en 1973). En los datos de este período deben estar incluidos algunos casos de detenidos desaparecidos.

A esta cantidad hay que agregar otros datos registrados en las estadísticas oficiales que se refieren a casos de muertes a consecuencias de balas y que, de acuerdo con el estudio que la Comisión Chilena de Derechos Humanos hizo de los certificados de deunción, ascienden a 1.279 (solamente entre septiembre de 1973 y diciembre de ese mismo año) (Comisión Chilena de Derechos Humanos, 1991). En estos certificados hay personas no identificadas (N.N.) que pueden corresponder a detenidos desaparecidos.

Finalmente hay que considerar que en la clasificación de causas de muertes hay otro rubro significativo: ” Laceraciones y heridas”, rubro que sufre una brusca alza en 1973, llegando a 425 casos, mientras que el promedio anual entre 1970 y 1981 (excluido 1973) es de 142 y el promedio en el período 1970-72 es de 203. De manera que se puede estimar que hay 222 muertes más que el promedio del período precedente que se salen marcadamente de la tendencia y que son susceptible de ser estimadas como muertes por violaciones a los derechos humanos o producto del golpe militar de 1973. De tal manera que para el período 1973-1980 el total de muertes por motivos políticos reconocidas en estas estadísticas es de 2.870 (1308+1279+222) en el período mencionado y de las cuales 1.950 corresponde al año 1973. Es probable que en este total se incluya un número no precisado de detenidos desaparecidos y muertes por violencia política, pero en sí es una cifra muy importante si se considera que son cifras reconocidas por los organismos del gobierno bajo la dictadura militar.

Los estudios realizados para el año 1973, demuestran que todas las cifras de los organismos de derechos humanos, incluyendo a la Comisión Rettig son muy inferiores a los registros oficiales que hay que tener en cuenta en primer lugar.

CUADRO Nº14.
MUERTES, LACERACIONES Y HERIDAS POR OPERACIONES DE GUERRA.
1970-1981
 

años Resultantes de operaciones guerra Laceraciones y heridas
1970 . 186
1971 . 187
1972 . 238
1973 388 425
1974 157 192
1975 88 160
1976 130 76
1977 142 67
1978 132 46
1979 104 6
1980 167 8
1981 . 126
total 1.308 1.847

FUENTE: INE: SERIES ESTADISTICAS, Santiago, INE,1980.
INE: DEMOGRAFIA 1979, Santiago, INE, 1982.
INE: DEMOGRAFIA 1982, Santiago, INE, 1982.
INE: DEMOGRAFIA 1981, Santiago, INE, 1983

CUADRO Nº 15
MUERTES POR OPERACIONES DE GUERRA SUPERAVIT MUERTES, LACERACIONES Y HERIDAS
Y ESTIMACIONES
1973-1981
 

A Años B Resultantes- de operaciones de Guerra C Superavit Laceraciones y Heridas D Muertes por heridas a Bala D Total(B+C+D)
1973 388 222 1.279 1.889
1974 157 . 0 157
1975 88 . 0 88
1976 130 . 0 130
1977 142 . 0 142
1978 132 . 0 132
1979 104 . 0 104
1980 167 . 0 167
1981 . 0 0
TOTAL 1.308 222 1.279 2.809

FUENTE: INE: SERIES ESTADISTICAS, Santiago, INE,1980.
INE: DEMOGRAFIA 1979, Santiago, INE, 1982.
INE: DEMOGRAFIA 1981, Santiago, INE, 1983.

La conclusión de esta primera información registrada aquí, es que oficialmente, los servicios subordinados a la dictadura militar reconocieron 2807 muertes por las causas detalladas en el período 1973-1981, las que tienen directa e ineludible relación con el golpe militar. Si descontamos los 87 casos presentados por los organismos castrenses como casos de violencia política (que llevaron estadísticas muy rigurosas, dado que corresponden a muertes de uniformados en este período) se llega a la conclusión que hay 2.720 personas ejecutadas o desaparecidas por violaciones a los derechos humanos.

CUADRO Nº 16
TOTAL DE MUERTOS Y DETENIDOS DESAPARECIDOS.
SEGUN INSTITUCIONES DE DERECHOS HUMANOS.
1973-1990
 

A Años B Comisión Rettig C Vicaría de la Solidaridad D Comisión Chilena de Derechos Humanos E Organismos oficiales F Estimación MUERTES+DD
1973 1.171 1.169 . 1.802 1.802
1974 309 340 . 157 340
1975 119 129 . 88 129
1976 139 136 . 130 136
1977 25 26 . 142 142
1978 9 11 . 132 132
1979 13 19 14 104 104
1980 15 20 18 167 167
1981 36 35 37 . 37
1982 8 118 24 . 24
1983 82 83 96 . 96
1984 74 87 82 . 87
1985 50 56 68 . 68
1986 50 61 56 . 61
1987 34 39 53 . 53
1988 27 43 38 . 43
1989 26 21 35 . 35
1990 2 . . . 2
TOTAL 2.189 2.393 521 2.722 3.458

Fuentes: Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Santiago, Secretaría de Comunicación y Cultura, s.f. y cuadros respectivos.

Notas A: El año 1973 corresponde al período 11-09-73 al 31-12-73.
B: Para 1973 se rebajó 90, que corresponde a casos de violencia política.
C: Corresponde a la suma de Muertes y Detenidos Desaparecidos.
D: Corresponde a la suma de Muertes y Detenidos Desaparecidos.
E:Para 1973 se rebajo 90 que corresponde a casos de violencia política.
F: La estimación es el valor máximo en cada año. Se ha utilizado este método bajo el supuesto que todas las fuentes han registrado los hechos fidedignos, pero que no ha existido una cobertura total de cada una de ellas y hay omisiones en determinados períodos. La información oficial es muy completa y fidedigna en los primeros años, pero a partir de 1978 esta información no se publica o está agregada.

De acuerdo con el INFORME RETTIG alcanza a 1.232 (total muertos + víctimas de violencia política= 1.088 + 164 = 1.232). Hay que hacer notar que en el informe Rettig se considera el período 1973-1990 y los datos que sirven de comparación se refieren a 1973-1980. Los casos de violencia política de 1973 ascienden a 87, el resto hasta completar los 164 corresponden a las protestas y otros ocurridos después de 1982.

La información de la Comisión Chilena de Derechos Humanos es muy pequeña, debido a que su información sólo se establece a partir de 1982, de manera que carece de registros propios del período 1973-1981, omisión que se está tratando de suplir actualmente con el proyecto Archivo Nacional, que es un registro detallado de todas las violaciones a los derechos humanos ocurridos durante la dictadura militar que lleva a cabo la Comisión Chilena.

4.4 Las detenciones con desaparición.

Los detenidos desaparecidos constituyen, junto a la tortura, la expresión más precisa de la política represiva desarrolladas por las dictaduras militares de América Latina.

Al presentar el sistema represivo más arriba, se ha señalado que el instrumento DETENIDOS DESAPARECIDOS es una de las etapas terminales de las rutinas represivas que se utilizaron en Chile y que caracterizaba a todo un conjunto de rutinas. Su efectividad queda probada por el uso masivo que se ha hecho de este instrumento represivo en América Latina.

Sin embargo, la detención con desaparición no es un instrumento que se haya creado en América Latina, pero, indudablemente es donde ha adquirido el carácter de un instrumento represivo deliberado. Mientras que la desaparición de personas en situaciones conflictivas ha sido un fenómeno corriente, en América Latina y especialmente en Chile ha sido un instrumento represivo claramente definido y utilizado deliberadamente por el aparato represivo.

La detención con desaparición ha sido definida como “la detención o secuestro por uno o más funcionarios públicos u otra persona en el ejercicio de funcione públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia ha desaparecido, sin que el mencionado funcionario haya reconocido la detención ni el destino de la persona a su cargo.” ( Red de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, 1991).

Los ideólogos de la doctrina de Seguridad Nacional y los estrategas que planifican y dirigen el proceso represivo han aprelas ventajas en el uso de este instrumento.

La primera ventaja evidente que presenta este instrumento es el de asegurar la impunidad. En efecto, al desaparecer el detenido, lo que efectivamente hace el Estado es no reconocer la detención para no asumir la responsabilidad por la suerte de quien está a su cargo como detenido. De esta manera el Estado elude su responsabilidad y a la vez crea las condiciones para que los agentes involucrados en el caso gocen de la impunidad. Esta impunidad es habitualmente el marco de seguridad que se les otorga a los violadores a los derechos humanos y que constituye una de las prebendas adscritas al cargo. El Estado y su agente garantizan mutuamente su irresponsabilidad y su impunidad.

La segunda ventaja fundamental, de carácter simbólico, es que la relación entre la persona y el Estado se transforma en una relación desequilibrada, donde la persona carece absolutamente de derechos (pues pierde no sólo el derecho a la vida sino el de haber existido) y el Estado aparece dotado del todopoder, lo que significa que su poder llega a límites increíbles, ya que no sólo puede ejecutar a la persona sin ninguna responsabilidad, sino que puede hacer desaparecer el acto mismo y hasta la existencia de la persona.

Este es uno de los aspectos principales del uso de este instrumento represivo pues lleva el campo de la represión a lo psiquiátrico y hasta a lo mágico. El absurdo pasa a formar parte de la realidad y los familiares y amigos del desaparecido tienen que empezar a reunir pruebas de que el desaparecido existió. Esta acción del Estado es tan demencial que el representante de Chile ante las Naciones Unidas, Sergio Diez, aseguró que determinados detenidos desaparecidos nunca habían existido. La prueba irrefutable de su existencia tuvo que demostrarse cuando se encontraron sus cadáveres en los hornos de Lonquén.

El intento de establecer esta relación desequilibrada entre el Estado todopoder y la persona inerme, tiene un enorme poder atemorizador en la sociedad y el efecto inhibición logrado es muy profundo.

El otro aspecto importante en el uso de este instrumento es que aprovecha las tradiciones culturales en torno a la muerte. Los psicólogos han puesto gran énfasis en la importancia del duelo como proceso culminante y de asunción cultural de la muerte. La desaparición del detenido genera un proceso siempre inconcluso de muerte, que nunca llega a la culminación del duelo como aceptación y superación de la muerte. De esta manera, no sólo se pone frente a la comunidad el poder absoluto del Estado, sino que su efecto es permanente en el tiempo.

La desaparición de detenidos tiene otras ventajas represivas que han sido estudiadas detenidamente ( Amnesty International, 1977.)

-Permite otorgar impunidad adicional por los delitos conexos a la desaparición y ejecución. La detención arbitraria y la tortura también desaparecen al desaparecer el cuerpo del detenido.

-Permite al aparato represivo mantener al detenido incomunicado y bajo torturas por todo el tiempo que estime conveniente, lo que le permite extraer el máximo de información y además probar y verificar los métodos de tortura empleados.

-Restricción de la reacción que provoca el crimen abierto.

-Diluye en el tiempo y amortigua la gravedad del delito, ya que no hay fechas precisa de detención y de ejecución.

-La reacción de los círculos cercanos al detenido desaparecido se hacen difíciles, ya que no es un hecho comprobable. La duda es persistente.

-Facilita la elusión de la responsabilidad estatal negándose la existencia del desaparecido, negando la detención o que habiendo estado detenido asegurando que fue dejado en libertad, certificando que salió del país, asegurando que en toda sociedad es normal la desaparición voluntaria de personas, etc.

-Intimida al resto de la disidencia, pues la desaparición anónima, hace desaparecer hasta el heroísmo del acto. Ni siquiera existirá la tumba del héroe y se restringe el efecto idealizador del mártir.

– Finalmente es un acto que puede ser fácilmente manipulado: fraguar la desaparición de personas que aparecen de acuerdo a las decisiones del aparato represivo. Mantener ocultos a algunos detenidos desaparecidos para presentarlos oportunamente o presentar a agentes provocadores como detenidos desaparecidos.

En estas condiciones, el instrumento de la desaparición de detenidos fue utilizado en forma generalizada durante los primeros años de la dictadura militar especialmente entre 1973 y 1976.

La información disponible hace presumir que en 1973 fue una actitud inmediata del aparato represivo y probablemente no fuera resultado deliberado del comando represivo, pues fue utilizado indistintamente por carabineros, militares y agentes de los organismos de inteligencia. La mayoría de los cadáveres de detenidos desaparecidos encontrados corresponden a este período. Es probable que posteriormente, al asumir la DINA la dirección y operación de la represión utilizaran métodos más sofisticados y seguros para deshacerse de los cadáveres de sus víctimas. Según confesiones de agentes confesos, los cadáveres eran arrojados al mar, a los ríos, al fondo de profundas minas o enterrados en lugares remotos. Es evidente que hubo esfuerzos para hacer desaparecer los entierros de ejecutados y detenidos desaparecidos realizados en 1973, tal ocurrió por ejemplo en Chihuío y Calama, donde fueron desenterrados y trasladados a lugares más seguros, varios años después de ocurridos los hechos. Sin embargo, a pesar de todas las ventajas represivas reseñadas antes, la desaparición de detenidos dejó de utilizarse o se utilizó cada vez menos a partir de 1978.

¿Por qué se suspendió la utilización de este instrumento?

Nuestra percepción es que la Detención con Desaparición dejó de utilizarse porque se transformó en un factor de profunda deslegitimación del régimen militar. El horror generado por su utilización generó una crítica internacional de gran envergadura en contra del régimen de Pinochet. La detención con desaparición fue una de las partes medulares de las condenas que sufrió este gobierno en las Naciones Unidas. La asunción del mando por parte de Carter en Estados Unidos fue otro factor que influyó en el reajuste de la política represiva.

Pero la raíz de fondo del abandono en el uso de este instrumento se debió esencialmente a dos factores internos, el primero fue un efecto no esperado en la aplicación de este instrumento: el surgimiento de organizaciones de familiares de los detenidos desaparecidos y el segundo fue la calidad y seriedad de la información sobre esta violación a los derechos humanos.

Las familias de los detenidos desaparecidos debieron vivir un proceso interminable de gestiones y acciones en favor de sus seres queridos desaparecidos. Estas familias, movidas fundamentalmente por la esperanzas de que los detenidos desaparecidos estuvieran con vida realizaron una acción permanente. El duelo fue reemplazado por una prolongada lucha por sus familiares desaparecidos. El carácter simbólico de esta lucha y su constancia fueron decisivos para que el drama de la desaparición fuera asumida por la sociedad chilena.

El segundo factor fue la rigurosidad con que los casos de detenidos desaparecidos fueron registrados y documentados por los organismos de derechos humanos, especialmente por la Vicaría de la Solidaridad.

Este procedimiento está resumido en el Glosario antes citado: -La familia debía recurrir a todas las instancias donde pudiera estar el detenido: morgue, hospital. centro de detenciones, etc.
-Que se presente una querella por posible desgracia ante los tribunales. -Que se reúnan testimonios de las personas que pudieron haber presenciado la detención.
-Que se reúnan los testimonios de quienes compartieron la detención con el desaparecido.
Cuando se han cumplido estos requisitos y la institución de derechos los ha verificado y transcurrido un tiempo prudencial se registra y denuncia el hecho.

En estas condiciones ninguna denuncia de detención con desaparición ha podido ser refutada verídicamente.

Con la base de esta información fehaciente, la Iglesia Católica asumió la denuncia de estos hechos y avaló con su peso moral la veracidad y seriedad de la información.

Los entierros clandestinos descubiertos en Pisagua, Lonquén, Mulchén, Tocopilla, San Antonio, Colina, Paine, Cuesta de Chada, Nueva Imperial, etc. demostraron fehacientemente que las denuncias eran totalmente correctas, pues los cadáveres encontrados fueron identificados como correspondientes a personas detenidas desaparecidas.

4.5 Cuantificación de las detenciones con desaparición.

Como se ha señalado antes, la permanente preocupación de las familias de los detenidos desaparecidos ha permitido temer una información muy aproximada de la cantidad de victimas de este instrumento represivo, de manera que no es necesario hacer estimacioes y basta registrar los datos que la Vicaría de la Solidaridad ha recogido desde 1973 a través del Comité de Cooperación para la Paz en Chile (COPACHI) y posteriormente por sí misma.

Estos datos al 31 de diciembre de 1991 estaban en un último estudio que se terminaría en mayo de 1992, de manera que lo disponible eran los siguientes datos, en los niveles que se detallan:

CUADRO Nº 17.
DETENIDOS DESAPARECIDOS.
SEGUN REGISTROS DE LA VICARIA DE LA SOLIDARIDAD
 

A años B Santiago oficial C Santiago investigación D provincias oficial E provincias investigación F total oficial G total investigacion total
1973 155 21 266 59 421 80 501
1974 212 6 36 11 248 17 265
1975 58 5 18 2 76 7 83
1976 106 4 5 1 111 5 116
1977 5 1 7 5 12 18 18
1978 2 . . 1 2 1 3
1980 1 1 . . 0 1 1
1981 1 1 . 2 1 3 4
1984 1 . . 1 1 1 2
1986 . . . 1 0 1 1
1987 5 . . . 5 0 5
TOTAL 545 39 332 83 877 122 999

FUENTE: Vicaría de la Solidaridad.

El número de detenidos desaparecidos asciende a poco menos de 1000, dado que la Vicaría de la Solidaridad está llevando acabo una investigación acuciosa de cada una de las carpetas de los detenidos desaparecidos (algunas de las cuales contienen varios miles de páginas de documentos judiciales, antropomórficos, médicos, etc) para construir la lista definitiva. En este trabajo que se estima terminar en abril de 1992 se tendrá un panorama muy exacto de este instrumento represivo, la primera estimación es considerar como oficiales unos 970 casos.

Como puede apreciarse la detención con desaparición sólo se uso masivamente en el período 1973-1976, porque el repudio internacional y nacional fue de tal envergadura que la dictadura tuvo que optar por dejar de emplearla, aunque hay más de treinta casos posteriores a esa fecha.

Un aspecto importante para el análisis de este tipo de violaciones a los derechos humanos es su carácter de que permanece en el tiempo. Al revés de las otras violaciones que son actos que se agotan con su ejecución, como la tortura, detención, ejecución, allanamiento y amedrentamientos, la desaparición de detenidos es un delito que permanece en el tiempo hasta que se aclara, lo que hasta ahora ha ocurrido solamente al descubrir los entierros clandestinos con restos de personas que habían sido detenidos y que habían desaparecido. La prisión política, la relegación y el exiio también permanecen en el tiempo, pero tienen un fin preciso en algún momento. En el caso del preso político cuando se le libera por cumplimiento de pena, por sobreseimiento, etc. En el caso del exilio, con el retorno o con el fin de la legislación que lo imponía.

La detención con desaparición tiene elementos que caracterizan el delito del secuestro y esto es lo que le da su carácter permanente o continuo en el tiempo.

En razón de estos argumentos y siguiendo la misma metodología que se utiliza para registrar los datos de presos políticos (si uno de ello está encarcelado en dos o más períodos dados, se registra en todos los períodos correspondientes, así por ejemplo, un preso político que permanece recluido durante 10 años figurara en las 10 estadísticas anuales de presos políticos), en el caso de los detenidos desaparecidos lo que corresponde con rigurosidad es registra los casos durante todo el tiempo en que están pendientes según la siguiente información ajustada a este criterio:

Se la misma manera si un caso de detenido desaparecido es aclarado, lo que corresponde es restarlo y traspasarlo a la categoría que corresponda: si fue encontrado con vida (lo que no ha ocurrido) restarlo definitivamente, si fueron encontrados los restos, rebajarlo de la nómina de detenidos desaparecidos y traspasarlo a la de ejecutados.

CUADRO Nº 18
DETENIDOS DESAPARECIDOS
CASOS PENDIENTES
1973-1990
 

A Años B Detenidos desaparecidos (nuevos casos) C Casos aclarados D Detenidos desaparecidos (casos pendientes)
1973 501 83 418
1974 265 1 682
1975 83 . 765
1976 116 2 879
1977 18 . 897
1978 3 . 900
1979 . . 900
1980 1 . 901
1981 4 . 905
1982 . . 905
1983 . . 905
1984 2 . 907
1985 . . 907
1986 1 . 908
1987 5 . 913
1988 . . 913
1989 . . 913
TOTAL 999 86 913

FUENTE: Vicaría de la Solidaridad.

Al 31 de diciembre de 1990 el número de casos de detenidos desaparecidos seguía siendo de 913 personas.

Como se ha señalado antes la mayoría de los casos aclarados corresponden a los 100 días finales de 1973, cuando la DINA-CNI no había desarrollado los métodos más sofisticados de hacer desaparecer los cadáveres de los detenidos desaparecidos.

Los casos aclarados como se señala en la columna C de este cuadro alcanzan a 86 casos y los descubrimientos de los cadáveres de estas personas se realizaron entre 1978 y 1990. Los de 1978 y 1979 correspondieron esencialmente a los esfuerzos realizados por la Iglesia Católica y los de 1990 y 1991 han correspondidos a labores efectuadas con apoyo del gobierno, la Iglesia y los organismos de derechos humanos:

CUADRO Nº19 HALLAZGOS DE CADAVERES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS TOTALES POR AÑOS 1978-1991 

AÑOS CASOS ESCLARECIDOS
1978 15
1979 39
1990 31
1991 1
TOTAL 86

FUENTE: Vicaría de la Solidaridad

Estos hallazgos corresponden a los siguientes casos:

CUADRO Nº 20.
HALLAZGOS DE CADAVERES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS.
LUGARES, TOTALES POR CASOS Y AÑOS DE OCURRENCIA.
1978-1991 

Años Lugar Casos esclarecidos
1973 Lonquén 15
1973 Mulchén 18
1973 Laja-San Rosendo 20
1973 Paine 17
1973 Tocopilla 4
1973 Temuco 1
1973 Vicuña-Angostura 1
1973 Calama 1
1973 Pisagua 6
1974 isagua 1
1976 Colina 2
  Total 86

FUENTE: Vicaría de la Solidaridad.

4.6 La muerte extra legal (ejecuciones).

La culminación de la rutina represiva es la muerte, como se ha señalado al analizar el sistema represivo. La muerte, sin embargo, dentro de la política represiva desarrollada por la dictadura militar no es una, aparece en formas muy complejas en virtud de los esfuerzos que se hicieron para justificarla o negarla, a la vez que era necesaria difundirla para lograr el disciplinamiento social.

Sin la aplicación de este instrumento, todo el sistema represivo habría perdido su valor intimidatorio, a la vez que un uso excesivo de él podría haber provocado una reacción más profunda de la sociedad civil. Quizás estos razonamientos estuvieron en el comando del aparato represivo en su oportunidad.

La muerte, en los distintos tipos usados por la dictadura militar estaba siempre presente en los reprimidos o en los que potencialmente pudieran ser reprimidos. La presencia permanente y artificial (artificial porque era un elemento aterrorizador introducido por el Estado), de la muerte en la vida cotidiana de las personas.

Conceptualmente la muerte analizada aquí ha sido definida como “la privación de la vida de una persona como resultado de una acción arbitraria y doloso, realizada por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia”.( Red de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, 1991) .

De acuerdo con el mismo Glosario, los tipos de muertes como violaciones a los derechos humanos son las siguientes:

-Ejecuciones
-Ejecuciones administrativas
-Muertes con desaparecimiento
-Muertes en supuestos enfrentamientos
-Muertes por torturas
-Homicidio premeditados
-Muertes en mnifestaciones
-Muertes por abuso de poder y violencias innecesarias.
-Tipos de Muertes sin clasificar
-Muertes por supuestas violaciones a los derechos humanos.

Esta tipología no es exhaustiva ni constituye una clasificación unívoca. Algunos casos pueden registrarse simultáneamente en dos o más rubros.

Esta complejidad de las formas de muertes, en el fondo revela dos intenciones del aparato represor: asegura la impunidad de los hechores y hacer de la muerte un instrumento más aterrador que la muerte misma.

Las ejecuciones son las penas de muerte impuestas por tribunales militares en procesos en los cuales ha sido violado el derecho a la justicia (no ha habido debido proceso, tribunal no imparcial, dificultad o imposibilidad de tener defensa adecuada, etc. Esta modalidad se utilizó especialmente durante 1973 y 1974 y pretendía dar un matiz de legalidad a la acción represiva, sin embargo la crítica mundial fue tan severa, por la información que remitan los nacientes organismos de derechos humanos, que pronto debió abandonarse.

Una variante de este tipo de muerte fue la ejecución administrativa, que se justificaba en un simple bando emitido por la autoridad militar.

Las muertes con desaparecimiento corresponden a los casos esclarecidos de detenidos desaparecidos.

Las muertes en supuestos enfrentamientos fueron utilizadas con profusión durante un largo período y perseguían un doble objetivo, en primer lugar justificar la muerte realizada por los servicios militares y en segundo lugar, justificar otros hechos represivos, bajo el supuesto de que habían acciones armadas de la oposición.

El registro de las muertes en supuestos enfrentamientos exigió un gran esfuerzo de verificación de la información disponible, por parte de los organismos de derechos humanos, para así llegar a sostener que se trataba de falsos enfrentamientos o al menos que era dudoso que el enfrentamiento justificatorio de la muerte hubiera ocurrido. En aquellos casos que la información disponible señalaba que efectivamente había existido el enfrentamiento, las muertes consecuentes no se registraban, ya que claramente entraban en casos de violencia política y no en violaciones a los derechos humanos.

Las muertes en tortura, como se demostró fehacientemente en los hallazgos de entierros clandestinos correspondían a detenidos desaparecidos que habían muerto en la tortura. Además de esos casos hay certeza de que muchos de los ejecutados fueron torturados antes de morir y que murieron a consecuencias de esas torturas.

El homicidio premeditado es la muerte decidida y planificada por el organismo represivo. El caso más estudiado es la muerte de Orlando Letelier. Las muertes en manifestaciones se empiezan a producir a partir de las movilizaciones sociales de 1983 y se transforman en una constanmte de cada protesta. Se trata de muertes de civiles de cualquier edad y sexo, generalmente al azar, por participar o estar próximos a manifestaciones y protestas masivas que se realizan.

El rubro más difícil de precisar es el de muertes por abuso de poder y violencias innecesarias, ya que es necesario establecer que el funcionario delincuente ha cometido el delito amparado por su potestad y dentro de la política, o al menos, la cultura represiva vigente. Si el abuso de poder o la violencia innecesarias son resultado de acciones individuales y por iniciativa propia, aceptando y favoreciendo el juzgamiento del funcionario por parte del Estado, el acto delictivo no es una violación a los derechos humanos sino que un delito común (lo que no es materia de nuestro estudio).

En cambio, si el funcionario o el hechor cuenta con la protección del Estado, la naturaleza del acto cambia y pasa a ser una violación a los derechos humanos.

El rubro muertes sin clasificar, se refiere a aquellas que existiendo constancia que son violaciones a los derechos humanos, la información disponible no permite clasificarla en ninguno de los rubros mencionados.

Finalmente, se considera como “muertes por supuestas violaciones a los derechos humanos”, aquellas en que existiendo presunción de que la muerte sea una violación a los derechos humanos, no existe suficiente como para asegurarlo fehacientemente.

Con fines analíticos se distinguen las muertes individualizadas o selectivas y las muertes no personificadas o masivas, que atienden a si la víctima ha sido identificada con anticipación y deliberación.

También interesa destacar que es posible registra las muertes clasificándolas según las explicaciones que acostumbran a dar las autoridades: ley de fuga, suicidio (o heridas auto infligidas, ejecución sumaria, enfrenamiento, accidente, enfermedad, secuestro, riña, asalto, pena de muerte y otras (Red de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, 1991).

4. 7 Cuantificación de las muertes.

Como se ha mencionado antes, el registro de las muertes no ha resultado una tarea fácil para las organizaciones de derechos humanos. Por una parte el gobierno militar intentó permanentemente justificarlas o negarlas y por otra parte ha existido temor en denunciarlas.

CUADRO Nº 21
MUERTES REGISTRADAS.
POR LAS ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS.
1973-1990
 

A Años B Vicaría Oficial C Vicaría en investigación D Vicaría Total E Comisión Chilena de DH
1973 584 84 668 1.279  
1974 58 17 75 .
1975 37 9 46 .
1976 18 2 20 .
1977 2 6 8 .
1978 4 4 8 .
1979 14 5 19 14
1980 13 6 19 17
1981 29 2 31 33
1982 6 5 11 24
1983 67 16 83 96
1984 2 23 85 80
1985 44 12 56 66
1986 45 15 60 55
1987 30 9 39 48
1988 22 16 38 38
1989 9 12 21 .
1990 . . . 0
  1.044 243 1.287 1.750

FUENTES: Vicaría de la Solidaridad y Comisión Chilena de Derechos Humanos. Se registró la cantidad que figura en el Análisis sobre causas de muertes por heridas de bala a de septiembre al 31 de diciembre de 1973. Santiago, Comisión Chilena de Derechos Humanos, s.f..
Notas: Para 1973 se considera el período 11-09-73 al 31-12-73.

Una estimación más ajustada de las muertes por violaciones a los derechos humanos o ejecuciones es determinar éstas por diferencia, a partir de las estimaciones del total: Ejecuciones más Detenidos Desaparecidos (T=E+DD) menos Detenidos Desaparecidos=(T-DD=E). Dado que ya hemos hechos las estimaciones de este total y el de Detenidos desaparecidos se puede hacer la Estimación de ejecuciones ocurridas durante la dictadura militar:

CUADRO Nº 22
ESTIMACION DEL NUMERO DE EJECUTADOS
(POR DIFERENCIA)
AÑOS 1973-1990
 

A Años B Total Ejecutados+ Detenidos desaparecidos C Detenidos desaparecidos D Estimación Ejecutados (B-C)
1973 1.799 501 1.298
1974 340 265 75
1975 129 83 46
1976 136 116 20
1977 142 18 124
1978 132 3 129
1979 104 . 104
1980 167 1 166
1981 37 4 33
1982 24 . 24
1983 96 . 96
1984 87 2 85
1985 68 . 68
1986 61 1 0
1987 53 5 48
1988 43 . 43
1989 35 . 35
1990 2 . 2
TOTAL 3.455 999 2.456

FUENTES: CUADROS ANTERIORES

Como puede apreciarse el número de ejecuciones estimadas asciende a 2.456, lo que difiere profundamente con otras estimaciones generalmente en boga que indicaban 100.000 o 20.000 muertes. Esto se debe a que la brutalidad del golpe, vista desde el exterior fue muy grande y al realizarse detenciones y allanamientos que alcanzaron los centenares de miles, daba la impresión que las ejecuciones mantenían cierta proporción con la envergadura de la represión, especialmente en comparación con otros países latinoamericanos que habían sufrido golpes similares.

Como hemos sostenido antes, esta represión fue muy sangrienta en comparación a la historia del país y a las dictaduras anteriores (la de Ibañez que terminó en 1931). Otro factor esencial es que la violencia de la represión no tuvo ninguna respuesta militar o violenta, de manera que la matanza se realizó fundamentalmente en contra de los prisioneros de guerra y posteriormente en contra de opositores que se les consideraba que estaban en proceso de organización militar. Excepto tres atentados importantes, las acciones armadas de la oposición no existieron y estuvieron radicadas en un segmento minúsculo de la sociedad como se demostró posteriormente en las elecciones parlamentarias.

El otro factor que podríamos denominar como estructural fue la rápida reacción de la sociedad civil, especialmente de las Iglesias que al crear organismos de derechos humanos impidieron que existiera un manto de silencio imprescindible para realizar grandes matanzas.

Sin embargo, el número de muertes es el mayor que ha ocurrido en una lucha civil en el país y al ser realizada como matanza de prisioneros y no en lucha armada de facciones, como en la guerra civil de 1991, hizo de este exterminio el acto más brutal de toda nuestra historia como país independiente.

4.27 Heridos y lesionados

En la jerga militar existen ciertas proporciones que se cumplen en las batallas entre muertos y heridos. Estos últimos generalmente triplican o cuadruplican el número de muertos en una guerra convencional. Sin embargo, como no hubo guerra en Chile, estas proporciones no pueden cumplirse y los heridos y lesionados tienen un origen distinto al del combate, corresponde a las personas que han sufrido torturas y que no han muerto en ellas ni se les ha ejecutado. También corresponde a aquellos que han quedado heridos cuando las fuerzas represivas disparaban a la masa en las protestas que surgieron a partir de 1983.

Sin embargo, la información de los casos de heridos y lesionados tienen muy poca en los registros oficiales, porque no es posible verificar si los heridos provienen de actos represivos y porque la costumbre represiva establecida que aquellos heridos que acudían a los centros asistenciales eran detenidos y procesados como terroristas y subversivos, de manera que no se acudía a esos centros, excepto en los casos más graves.

Por estas razones las denuncias sobre heridos y lesionados son muy escasas, especialmente en el período 1973-1982.

Las informaciones disponibles son las siguientes:

CUADRO Nº 23
HERIDOS Y LESIONADOS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
SEGUN REGISTROS DE ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS
1982-1989
 

A Años B Vicaría de la Solidaridad C Comisión Chilena de Derechos Humanos D Estimación heridos y lesionados
1983 578 381 578
1984 891 362 891
1985 474 232 474
1986 408 264 408
1987 111 86 111
1988 191 210 210
1989 45 216 216
TOTAL 2.698 1.751 2.888,00

FUENTES: Vicaría de la Solidaridad.
Comisión Chilena de Derechos Humanos.
NOTAS: B: En esta columna se registraron las violencias innecesarias con resultado de lesiones denunciadas ante los tribunales.
C: En esta columna se registraron los homicidios frustrados.
D: En esta columna se colocaron los valores mayores correspondientes a cada año de las columnas B y C.

La información disponible de las dos instituciones aparentemente tiene diferencias conceptuales, pero no es así, porque en la práctica se refieren a lo que ha sido definido como “casos de daños graves causados a personas individualizadas o no, como resultado de violencia innecesaria o abuso de poder del agente público, u otra persona en el ejercicio de funciones públicas o a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, cuando la persona no está detenida. También la herida o lesión puede ocurrir como resultado no deseado de un homicidio frustrado. (Red de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, 1991).

BIBLIOGRAFIA CONSULTADA

Amnesty International,Evidence of torture, London, Amnesty, 1977.

Comisión Chilena de Derechos Humanos. Análisis sobre causas de muertes por heridas de bala a de septiembre al 31 de diciembre de 1973 . Santiago, Comisión Chilena de Derechos Humanos, 1991.

Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación,Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación , Santiago, Secretaría de Comunicación y Cultura, s.f. El aparato represivo chileno , Santiago, dactilografiado, 1978 (trabajo probablemente de un abogado chileno que no se identifica).

Red de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, Glosario de definiciones operacionales de las violaciones a los derechos humanos , edición trilingüe, Santiago, FASIC, 1991.

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público.