LA REPRESIÓN EN CHILE 3, Cap. 3. LA TORTURA

LA REPRESIÓN EN CHILE, 1973-1989

 

Patricio Orellana Vargas

PARTE II

LOS INSTRUMENTOS REPRESIVOS.

CAPÍTULO III

3 . LA TORTURA

La tortura es una de las violaciones a los derechos humanos que ha sido reeditada en América Latina en los últimos años, bajo el manto doctrinal de la Seguridad Nacional.

 La definición de la Convención Internacional Contra la Tortura registra su esencia en forma muy precisa: “todo acto por el cual se inflija a una persona dolores o sufrimientos graves ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero infor­mación o una confesión, de castigarla por una acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido o de intimar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cual­q­uier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimien­tos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejer­cicio de sus funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia de sanciones legíti­mas, o sean inherentes o incidentales a éstas.” 

 
Esta definición tiene un gran valor doctrinal pues fuera de tipi­ficar la tortura establece como condición sine qua non de su exi­s­tencia de que sea realizada por funcionarios públicos o simi­la­res. Es decir, es una relación perversa entre el Estado y la per­sona humana.

 
La prohibición de la tortura es absoluta y no pueden invocarse circunstancias excepcionales o especiales para aplicarlas. (Montealegre, 1979).

 
En la legislación chilena se prohíben las sevicias en el Código Pe­nal, en el Código de Justicia Militar y en el DL 490.

 
A pesar de que toda la institucionalidad vigente al momento del golpe militar, prohibía la tortura taxativamente, dos factores ampararon su aplicación, el primero fue el establecimiento de es­tados de excepción que rigieron durante casi todo el período dic­tat­orial y que en la práctica significaban la suspensión de los re­cursos de amparo o habeas corpus. La segunda, fue la actitud pasi­va de los tribunales de justicia.

 
Esta actitud es la que creó un marco favorable, pues los tribuna­les rechazaron los amparos, aceptaron las confesiones y pruebas obtenidas bajo la tortura y las querellas por tortura que afec­taban a personal uniformados fueron traspasadas a los tribunales militares, donde las querellas estaban destinadas a una tramita­ción eterna o a su rechazo.

 
Como lo señala Charles Harper, del Consejo Mundial de Iglesias, “el empleo de la tortura -sin duda la más grave de las violacio­nes- caracteriza nuestra época”. (Harper, 1975).

 
S.S Juan Pablo II sostuvo que “la tortura debe ser denunciada y rechazada”.

En Chile, la Iglesia  Católica ha condenado la tortura y en va­rias diócesis los torturadores han sido excumulgados.

 La tortura, constante y base de la represión.

En estas condiciones, el sistema represivo que se aplicó en Chile desde el 11 de sep­tiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990 se caracterizó porque la tortura fue el instrumento central de re­pre­sión en contra de quie­nes discrepaban o se oponían a la dic­tadura militar.

 Esta constatación no es excepcional, sino que es uno de los lega­dos de la aplicación de la doctrina de la Seguridad Nacional, especial­mente en Brasil y que deviene de la experiencia de la guerra de Argelia y de la síntesis teórica de esa experiencia que realizaron los coroneles franceses.

 
En efecto, la tortura es el instrumento medular de una política terrorista, ya que es un arma extraordinariamente eficaz y que desde el punto de vista de estos teóricos, reúne cualidades ex­cepcionales: es invisible, asegura la impunidad, provoca el mayor terror, desmoraliza, destruye a los líderes y cuadros moralmente y los propios afectados tienen una actitud favorable a que ella no sea divulgada ni denunciada. La estructura del sistema judi­cial chileno hace casi imposible su verificación. El impacto que pro­voca en la sociedad es de una gran potencialidad y a pesar que nunca es reconocida oficialmente, es un rumor que corresponde a la verdad. Puede afectar a cualquier detenido y linda con la muerte, dado que hay una proporción de torturados que mueren en la tor­tura. El exilio es estimulado por el miedo que genera la tortura potencial o efectiva. A veces, el amedrentamiento es una an­­ti­cipa­ción a la tortura.  La detención y también el ame­dren­tamiento son, habi­tualmente, simultáneas a la tortura. La relega­ción se ha uti­liza­do como forma de ocultar al torturado. De manera que otros instru­men­tos represi­vos están direc­tamente conectados a la tor­tura. La tortura provoca en forma generaliza­da, la apatía políti­ca, pues todos saben que es la mejor forma de evitar su ocurren­cia. La experiencia internacional demuestra que “… con la tor­tura se persiguen dos objetivos… saber lo que se gesta entre las masas o en sus grupos más activos y … aterro­rizar a las masas y a los mismos activistas”.(Terron, 1978). Como lo ha señala­do el Comité Central del Con­sejo Mundial de Iglesias en la resolución sobre la tortura de agosto de 1977: “la tortura es epidé­mica se desarrolla en la os­curidad, en el silencio”.

La experiencia chilena demuestra que es posible reducir la efica­cia o aplicación de otros instrumentos de terror como las deten­ciones con desaparición o las muertes, pero la tortura fue per­manente desde el primer hasta el último día de la dictadura y los esfuerzos para erradicarla fueron poco exitosos.

3.1 Antecedentes doctrinarios.

 Los estudios realizados por Joseph Comblin y otros autores que fueron publicados por la Vicaría de la Solidaridad, citan el con­tenido medular de la tortura en la represión. Así, los corone­les franceses sostienen que “la tortura es al revolucionario como la ametral­ladora lo es a la infantería”. (Recordemos que la in­ven­ción de la ametralladora determinó que las características de la guerra cambiaran notablemente a partir de las masacres de la Pri­mera Guerra Mundial). Agrega Comblin que “En esta guerra… la tortura es la regla del juego. Los revolucionarios saben lo que les espe­ra.”.(Comblin, 1979). El coronel Robert Trinquier preconiza la tortura en su libro La guerra moderna.

 La guerra moderna es una guerra en la que la información y la moral de los contendores son factores determinantes. La tortura es la principal fuente de información para conocer la organización clandestina, cuyo meollo es su carácter de ser se­creta. La obtención de la información de la organización secreta se obtiene torturando a quienes pueden tener tal infor­mación. La moral del revolucionario es dañada con su quiebre frente a la tortura.

 
La argumentación para aplicar este instrumento en estas con­dicio­nes, es que se trata de un enemigo que no da la cara, que actúa en las sombra, que no acepta las reglas de la guerra regular, por lo tanto hay que aplicarle reglas especiales, acorde con su ca­rácter de actuación en el secreto y la clandestinidad.

 
Un político que respaldó el régimen militar, Maximiano Errázuriz, sostiene: “a los extremistas hay que juzgarlos como prisioneros de guerra. Si es necesario obtener información a la fuerza hay que hacerlo.”

 
Por su parte, el jefe del gobierno militar sostuvo que la DINA pudo haber cometido “excesos inevitables en una labor tan ardua”, al anunciar su disolución.

 
La tortura tiene entonces un primer resultado que es el de pro­veer de información a los aparatos de inteligen­cia, lo que per­mite progra­mar racionalmente las acciones militares. El co-presidente del COPACHI, Helmut Frenz, obispo lutera­no, sostiene que Pinochet le declaró: “Hay que torturarlos, por­que si no, no cantan. La tortura es necesaria para extirpar el comu­nismo.” (Frenz, 1990)

 
En segundo lugar, la tortura es un instrumento esencial en la desmoralización del enemigo. Si se tortura a líderes y cuadros y éstos se quiebran y entregan información, su valor como dirigen­tes ante las masas y ante sí mismos se deteriora irre­mediablemen­te. Los líderes ya no son héroes, sino hombres que entregaron a otros seres humanos con sus confesiones.

 
En tercer lugar, la tortura es un castigo, se obtenga o no se obtenga información. Un castigo que realiza un ente todopoderoso, que puede traspasar sin ningún problema todos los límites de hu­ma­nidad que hayan podido establecerse. Es humillante para el a­dulto ser castigado con sanciones físicas que en su cultura y en grados limitados se aplica a los niños. Es reducir su condición de ser humano, de adulto y de hombre (en algunos casos). 

  1. 2 La tortura como fundamento del sistema represivo.

 
Asimiladas estas características generales de la tortura dentro del esquema castrense, en la coyuntura específica de Chile ad­qui­e­re otras ventajas adicionales, lo que la hace transformarse en el elemento más eficaz de la represión.

 
En efecto, la tortura es un hecho que garantiza la impunidad de los hechores, es un castigo invisible en cuanto a responsabilidad y extraordinariamente visible en cuanto a los resultados, pues se divulga en la sociedad con una velocidad y difusión increíble, dado que se trata de situaciones límites que hace enfrentarse a cada uno con ese riesgo.

 
La tortura es negada oficialmente y casi nunca existen pruebas fehacientes que permitan demostrarla. Basta preocuparse de no dejar huellas físicas permanentes. Sin embargo, al ser negada es traída al nivel de preocupación social y adquiere un doble sen­tido. Para los defensores de la dictadura no existe porque no es probada, para los otros existe sin pruebas. Los unos pueden elu­dir su respon­sabilidad moral, mientras que los otros no tienen como probar su existencia. Sin embargo, al existir, se transforma en un poder impune.

 
Si se compara con otras situaciones límites como la muerte o la desaparición, éstas se pueden negar durante algún tiempo, pero no es posible negarlas siempre, porque existen los cadáveres o las identidades de los desaparecidos. En cambio, en la tortura, a veces se carece hasta de la denuncia de su ocurrencia por parte de los afectados.

 
La tortura, en  consecuencia, puede ser negada por las autorida­des, los hechores y las víctimas.

 
Los afectados raras veces denuncian la tortura. Numerosos fac­to­res determinan este comportamiento. La experiencia de los fun­cio­narios de la Vicaría es que muchos de los afectados, a pesar de reconocer que han sido torturados no la denuncian por razones de tres tipos:

 
-porque argumentan que en Chile nunca se ha obtenido nada al hacer las denuncias de torturas dada la lenidad de los tribunales de justicia.

 
-porque han recibido amenazas de volver a sufrir torturas peores si denuncian los apremios de que fueron víctimas.

 
-porque la tortura significa una invasión de la intimidad de las personas y porque ellas han sido ultrajes que por su gravedad o perversión, los torturados no se atreven a divulgarlas. Los casos de violaciones sexuales de hombres y mujeres prisioneros o de actos de sodomía cometidos con ellos, son de tal naturaleza que el afectado prefiere mantenerlos en reserva.

 
Según declaraciones de personas que atendían denuncias de deteni­dos, tanto en la Vicaría de la Solidaridad como en otras institu­ciones de derechos humanos, sólo un 10% de los afectados presen­taba querellas por tortura. El mayor número de querellas son pre­sentadas por los presos políticos, los que al estar en las cár­celes, paradojalmente, están protegidos de las represalias que se puedan tomar en contra de ellos. Sin embargo, ni siquiera la mitad de estos presos han presentado las mencionadas querellas.

 
Durante los primeros años de la dictadura militar, los abogados defensores no insistieron en la presentación de querellas, porque ello era prácticamente imposible, sólo a partir de 1976 empieza a surgir esa posibilidad aunque tampoco arroja resultados favora­bles.

En estas condiciones la tortura es el instrumento que anticipa la impunidad, a tal extremo que ni siquiera las investigaciones pos­teriores a la dictadura, como el Informe Rettig, las con­side­ran, excepto como muertes en tortura, lo que las ubica más en el rubro de muerte que en el de tortura.

 La otra ventaja que tiene la tortura como instrumento de terror es que está estrechamente vinculada a algunos de los otros ins­trumen­tos. La detención arbitraria en una sociedad donde no se respeta el estado de derecho es un riesgo siempre presente para todos. A su vez, la detención trae aparejada un riesgo creciente de que se sea sometido a la tortura. La relegación, muchas veces se utilizó como expediente para aislar al torturado hasta que se repusiera y se borraran las marcas dejadas por la tortura. El exilio fue la respuesta de muchos torturados para evitar su recu­rrencia y a otros muchos los empujó al exilio para evitarla. Si­multáneamente, la tortura consiste en la mayoría de los casos, en llevar a la persona al borde de la muerte en un lapso de pocos minutos. Hay evidencia de que muchos de los detenidos desapareci­dos fueron torturados y hay otros casos de muertos en tortura. De esta forma la tortura se conecta a los otros instrumentos repre­sivos y los condiciona y provoca, transformándose en la columna vertebral de un sistema de terror.

 
Se ha llegado al hecho de reconocer la muerte (caso del profesor Federico Alvarez Santibáñez, ocurrida el 21 de agosto de 1979) o la divulgación de la muerte del estudiante Eduardo Jara (acaecida el 2 de agosto de 1980) pero se han rechazado hasta los exámenes médicos con la consta­tación de esas torturas como ocu­rrió en el caso del profesor Alvarez Santibáñez, el cual había sido puesto en libertad el 20 de agosto, después de extendérsele un cer­tifi­cado médico, por parte de la CNI, de que se encontraba en buenas con­diciones de salud y de otro certificado de autopsia, en el cual no se reconocen ni describen las torturas y se limita a in­dicar la posible causa directa de muerte.

 
La dictadura, en consecuencia, es capaz de reconocer hasta la muerte, pero jamás reconocerá la tortura.

 
La declaración del Ejército a consecuencias de los descubrimien­tos de cementerios clandestinos en Pisagua y otros lugares, ya en democracia, reconoce que hubo que actuar con violen­cia y que hubo muertes, pero no hace ninguna referencia a la tortura y niegan todo exceso: “Es sabido que, cuando se quiere desprestigiar a los vencedores, se los culpa de crueldad, de excesos criminales y sobre todo de ejercer un castigo desproporcionado a la capacidad de las fuerzas derrotadas” (Ejército de Chile, 1990). De esta manera establecen que las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante su gobierno, son simple­mente una acusación para desprestigiarlos.

 
Sin embargo, unas pocas líneas antes, en el mismo documento reco­nocen que “las Fuerzas Armadas procedieron con el potencial y preparación que disponían, frente a un adversario que no tiene consideración alguna”, adversario que según la evidencia indis­cutible no tenía ni un solo barco de guerra, ni un solo avión de guerra y ni un solo cañón.

 
3.3 La tortura dentro del sistema judicial chileno.


 Dentro del sistema judicial chileno, la condena del procesado se centra en el reconocimiento de éste de los cargos que se le hac­en. El aforismo jurídico de que “a confesión de parte, relevo de prue­bas”, es la forma eficaz de llegar a una sentencia con­denato­ria. Por lo tanto los servicios policiales no buscan pruebas, sino que buscan confesiones o delaciones que involucren a otras personas. Este enfoque que está superado en muchos países, es la regla del proceso en Chile.

 
Dentro de este esquema, la tortura es la forma de proporcionar las confesiones necesarias para la condena.

 
“La falta de observancia de las leyes por los jueces es la causa principal de que la tortura sea en Chile una realidad indesmen­tible, no se conocen casos de torturadores sancionados, y los jueces ni siquiera hacen un esfuerzo para individualizarlos, jamás las víc­timas obtienen reparación pecuniaria y los jueces otorgan a las declaraciones y confesiones obtenidas bajo el efec­to de la tortura pleno mérito probatorio.”  (Garretón, s.f. )

 
La Vicaría presentó querellas en los tribunales por 1312 casos de torturas entre junio de 1978 y diciembre de 1989, sin que en nin­guna de estas querellas se obtuviera un resultado satisfac­torio. Entre 1973 y diciembre de 1977 se han registrado 1429 denuncias ante organismos internacionales como la Comisión de Derechos Hu­ma­nos de las Naciones Unidas y de la OEA.

 
La legislación de la dictadura militar se orientó a crear las condiciones para asegurar la impunidad de la tortura. Cuando llegó la hora de formalizar las actuaciones de la CNI en 1981, el go­bierno militar dictó el DL 3168 que permite mantener   in­comu­nicado -e inaccesible- al detenido por un plazo de 20 días pror­rogables o otros tantos, lo que permite realizar la tortura y la recuperación física del torturado, para que no haya pruebas.

 
Algunos magistrados declararon reos a algunos agentes implicados en tortura (como en el caso COVEMA, en el cual se declaró reos a 8 detectives y en el cual hasta existía la confesión de uno de los implicados, Celso Eduardo Quinteros M.) y en las resoluciones de la jueza Dobra Luk­sic. Sin embargo, todos los agentes quedaron en libertad inmediatamen­te o al cabo de un par de días.

 
La tortura negada nacionalmente y reconocida internacio­nal­mente.

En Chile es perfectamente lógico decir que no hay torturas, por­que no hay condenas de los tribunales sobre esta materia. De ma­nera que en los niveles formales oficiales la tortura podía ser negada sin dificultad.

 Esto representa una de las paradojas de la situación chilena, mientras los tribunales chilenos negaron la tortura, en los foros internacionales Chile fue condenado reiteradamente.

 
En efecto las condenas de las Naciones Unidas, avaladas por un número de países que fluctuó entre 81 y 96 reconocen que en Chile se tortura (en las votaciones de las Naciones Unidas condenando la situación de los derechos humanos en Chile en 1975, 1976, 1977, 1978, 1979, 1980 y 1981).

 
3.4 El efecto social de la tortura.


 Desde el punto de vista psicológico la tortura es: “…una ex­pe­riencia traumática, en la que el aparato psíquico, inundado por estímulos externos abrumadores, no logra restablecer la es­tabilidad o el equilibrio del funcionamiento anterior, produ­cién­dose así un estado de emergencia.” (Weinstein y Lira, 1987).

 
La tortura no es un problema del afectado. Según los estudios de los terapeutas que han brindado atención a estas personas, la tortura es un problema que invade al núcleo familiar, a la  or­ganización social y a la sociedad toda. En este último ámbito, los estudiosos hablan del daño ambiental. La tortura invade la vida cotidiana, “lo que todos saben”, resultando un sometimiento pasivo, que “reduce la vida a lo más conocido y seguro”, elimi­nando todo lo que provoque sobresaltos. Si al principio se obede­ció por mie­do, después se obedece por apatía y por el conven­cimiento de que la mejor defensa es el no hacer nada, “es una especie de in­volución de hombre común”.(Vidal, 1990).

 
Los afectados llevan al seno del hogar las secuelas de la tortura y se rompe la convivencia normal. Las secuelas determinan el com­portamiento del afectado en la relación familiar.

 
De la misma manera, la vinculación del afectado con sus organiza­ciones sociales es de una naturaleza distinta, pues se trata de un caso especial, que está afectado por esas secuelas. Además de la solidaridad, puede despertar desconfianza y deteriorar su ima­gen.

 
El afectado se encuentra frente a una experiencia traumática que sufrió personalmente, pero que oficialmente no existió. La con­tradicción entre su experiencia y la verdad oficial crea una con­tradicción difícil de resolver. No se puede probar que sufrió la tortura.

 
Sin embargo, simultáneamente la información de su tortura se di­funde en la sociedad, sus denuncias se conocen, los estudios sobre la tortura la describen y los tribunales reciben querellas por tal motivo. De manera que junto a la negación está la decla­ración de su existencia, pero nunca se llega a una conclusión final que la reconozca oficialmente por parte del tribunal o del gobierno.

 
3.5 Los torturadores.

Se puede preguntar si todos los hombres son capaces de torturar, los estudios académicos señalan que la respuesta se aproxima al sí. En efecto, en investigaciones reali­zadas en otros países se ha logrado el asentimiento casi total de aquellas personas a la cua­les se les solicitó su par­ticipación en torturas (aunque evi­den­temente con la justificación de que eran experimentos cien­tífi­cos) Esto se verificó en las investigaciones de Stanley Mil­gran de la Universidad de Yale y las del Instituto Max Planck de Ale­mania.

 En Chile, nadie, en la sociedad civil, había aprendido a tor­tu­rar, pero al mismo tiempo, nadie había aprendido a no torturar o al derecho a negarse a participar en esas prácticas.

 
En Chile, la experiencia registrada en las organizaciones de de­re­chos humanos es que, en 1973 y 1974, infinidad de uniformados y civiles partidarios del golpe militar aplicaron la tortura.

 
La posible explicación de este comportamiento es todo el trabajo ideológico previo que implicaban los cursos de seguridad nacio­nal. Para los subordinados de menor nivel que realizaron torturas sin ninguna objeción, la estructura de obediencia puede haber resuelto sus problemas de conciencia al traspasar la decisión final al superior jerárquico y sentirse un mero subordinado cuya función esencial es obedecer.

 
No se trató, dado su número, de sicópatas sádicos, sino del sol­dado normal. Evidentemente que en el desempeño de estas ac­tividades, algunos sobresalieron y a poco andar se transfor­maron en tor­turadores profesionales. Sin embargo, en el curso de los primeros meses de la represión, la tortura fue realizada por uni­formados que nunca antes la habían realizado y que no podían ser calificados de sicópatas. (Asociación de Abogados Pro Derechos Humanos, s.f.).

 
Las evidencias de lo realizado a partir de septiembre de 1973 son contundentes: los casos de el Estadio Nacional, Estadio Chile, Esmeralda, Isla Quiriquina, Pisagua, Chiuchiu, Lonquén,  etc. in­dican que la tortura se aplicó masivamente a partir del mismo 11 de sep­tiembre. Lo que demuestra que, con contadas excepciones, la tropa obedeció la orden de torturar sin rechazo.

 
Posteriormente la especialización fue adquiriendo predominio, en la medida en que la tortura se transformó en una técnica. Si bien la tortura se siguió practicando en Investigaciones y Carabine­ros, su uso más deliberado y técnico se transformó en monopolio de la DINA y pos­teriormente de la CNI.

 
La probable asistencia de expertos en tortura de Brasil y la in­corporación de algunos médicos en el control de los torturados, fueron los pasos decisivos en la tecnificación de la tortura.

De acuerdo a la información de Robert Moos (Moos, 1975), hubo una selección de los integrantes de la DINA, considerando por una parte la ad­hesión ideológica a doctrinas fascistas y por otra las con­di­ciones individuales, que se habían probado en la práctica de la represión durante los primeros meses.

 La participación de profesionales universitarios en las sesiones de tortura, especialmente de médicos y psicólogos ha sido amplia­mente discutida (Becker y Pollarolo, 1983 y Colegio Médico de Chile, 1983). Hay certeza de que médicos atendieron antes y después de las torturas a los afectados y el Colegio Médico ha tenido una seria preocupación sobre el tema castigando oficial­mente a algunos de los que han jugado esos roles o se han vin­culado a estas actividades, como los casos de los doctores Guido Díaz Paci y  Víctor Carcuro Correa, según el Dictamen Fiscal del 19 de enero de 1987 y  la Sentencia del 23 de abril de 1987 del Consejo General del Colegio Médico de Chile.   

 
3.6 La tortura y su evolución durante la dictadura militar.


 La labor de las asistentes sociales y de los abogados de la Vica­ría de la Solidaridad con los ex detenidos que reconocían tor­tu­ras se sintetizó en una clasificación que se elaboró para un es­tudios específico. Esta clasificación reviste importancia pues muestra la gran variedad de tipos de tortura empleados, así como la crueldad implícita en ellas:

 
La tortura se ha clasificado por tipo de tortura aplicada; en cada clasificación se han incorporado los instrumentos que se uti­lizan, los lugares del cuerpo en donde se aplica y las con­se­cuen­cias posteriores.

Tipo de torturas aplicadas.

  1. a)Torturas Sexuales

            –           Violaciones (hombre, mujer, animal)

            –           Violaciones anormales (oral,anal)

            –           Violaciones individuales

            –           Violaciones colectivas

            –           Violaciones privadas

            –           Violaciones públicas

            –           Aislamientos con lesbianas

            –           Aislamientos con homosexuales

            –           Introducción de objetos en la vagina

            –           Introducción de animales en la vagina

            –           Obligación de realizar actos sexuales en pri­vado

            –           Obligación de realizar actos sexuales en pú­blico

            –           Manoseos y vejámenes sexuales

  1. b)Torturas de Privación

            –           Privación de alimentos

            –           Privación de agua

            –           Privación de ropa de abrigo y ropa en general (desnu­dez)

            –           Privación de servicios higiénicos

            –           Privación de sueño

            –           Privación de facilidades para dormir u otras privacio­nes

            –           Privación de espacio (encajonamiento)

            –           Privación de aire (aplicación de capuchas, bolsas plás­ticas provocando síntomas de asfi­xia)

  1. c)Inmovilizaciones

            –           Amarrado

            –           Engrillado

            –           Mordaza o vendaje

            –           Amarrados o engrillados en posición de dolor

            –           Largo tiempo en posición incómoda u otras in­moviliza­ciones

  1. d)Aplicación de descargas eléctricas

            Se aplica generalmente en forma directa a órganos específi­cos del cuerpo (órganos sexuales, boca o dientes), a lugares sin especificar o al cuerpo en general. Para lo cual se uti­lizan instrumentos de­nominados “picana”, “parrilla” y “pis­cina”, los que están conectados directamente a un generador de electrici­dad, que es manejado por el torturador para re­gular el voltaje que se le aplica a la víc­tima.

  1. e)Golpes

            Los golpes se han aplicado en todas partes del cuerpo. En los casos denominados “simples”, se han empleado las manos, puños y pies. En otros casos se han aplicado instrumentos, ya sean estos palos, laques, sacos de arena, fusiles, láti­gos, mano­plas, etc. o aparatos mecánicos especiales.

             Los golpes pueden ocasionar lesiones, heridas o fracturas. En este último caso, la golpiza se ha realizado con ese fin.

  1. f)Cortes,  pinchazos, extirpaciones y heridas

            Este tipo de tortura se ha aplicado en cualquier parte del cuerpo.  Los cortes y pinchazos se han efectuado utilizando armas blancas, bayonetas, corvos u otros instrumentos corto­punzantes.

             Se han extirpado y/o mutilado uñas, dedos y órga­nos sexua­les, haciendo uso de los instrumentos mencionados anterior­mente, así como instrumentos quirúrgicos o herramientas (a­licates, pinzas, etc.).

 
            Las heridas han sido ocasionadas con elementos cortopunzan­tes y armas de fuego.

 

  1. g)Ingestiones

            –           Ingestión de excrementos y/u orines

            –           Ingestión de basuras

            –           Ingestión de líquidos inmundos o podridos

            –           Ingestión de agua en grandes cantidades

            –           Ingestión de otros líquidos (no drogas)

            –           Ingestión de otros sólidos o semi-sólidos

  1. h)Colgamientos, lanzamientos, estiramientos

            –           Colgar o colgamientos de extremidades

            –           Colgamiento en aparatos (“pau de arara”)

            –           Lanzamientos al vacío

            –           Rodada en toneles

            –           Estiramientos, colgamientos o lanzamientos (raros)

  1. i)Aplicación de drogas o medicamentos no terapéuti­cos

            Las drogas, han sido aplicadas en forma inyectable (intra­muscular o intravenosa) o por vía oral (gra­geas, pastillas o líquidos), con el objeto de pro­vocar en la víctima una dis­minución de su capaci­dad mental o provocar efectos hipnóti­cos durante el interrogatorio. Por ejemplo, la aplicación de Pentotal.

  1. j)Quemaduras

            Las quemaduras se han aplicado en cualquier parte del cuer­po. Para ello se han utilizado cigarri­llos, ácido, expo­si­ción prolongada al sol o cami­nar sobre piedras u objetos calientes.

  1. k)Torturas de Inmersión (“submarino”)

            –           Inmersión en líquidos inmundos

            –           Inmersión en agua

            La aplicación de este tipo de torturas provoca as­fixia.


  1. l)
    Ruidos enervantes o terroríficos

            –           Ruidos insoportables en general

            –           Disparos al oído

            –           Música fuerte

  1. m)Torturas de tipo Psicológico

            –           Simulación de asesinato (ejecución, fusila­miento, a­hor­camiento, saltos figurados al va­cío u otros)

            –           Amenazas verbales y amedrentamientos o sobre familia­res próximos vivos o muertos

            –           Amenazas de violación pero con puestas en es­cena

            –           Presenciar torturas de otros

            –           Presenciar torturas de familiares

            –           Presenciar violaciones de otros

            –           Presenciar violaciones de familiares

            –           Oír torturas de otros

            –           Oír torturas de familiares

            –           Oír violación de otros

            –           Oír violaciones de familiares

            –           Aislamiento prolongado

            –           Aislamiento con muertos

            –           Aislamiento con recién torturados

            –           Aislamiento con animales

            –           Fotografías comprometedoras

            –           Forzar a colaboración con amenazas de chanta­je

            –           Situaciones de terror, en general

  1. n)Obligación de firmar declaraciones

            –           De haber recibido buen trato

            –           De autoinculpabilidad

            –           De autodenigración

            –           Involucrando a otros

            –           En blanco u otras declaraciones

  1. o)Insultos o malos tratos en general

     (que constituía un elemento permanente que acompañaba a todas las torturas descritas).

 Se ha señalado antes que la constante de la represión fue la tor­tura. Durante todo este período, la tortura se aplicó sin tregua. Sin embargo, hubo cuatro cambios significativos en el tiem­po. Duran­te el primer año fue burda, masiva y sin discrimina­ción y realiza­da por cualquier grupo de las FF.AA o civiles al ser­vicio de el­las. Posteriormente fue técnica y selectiva e incluía la elimina­ción física o la desaparición del torturado (1974-78). En el pe­ríodo siguiente, el apoyo médico a la tortura adquiere rele­van­cia y se reducen las bajas en la tortura. La finalidad es a­ter­ro­rizar a la víctima para que ella difunda ese terror en la pobla­ción (1978-1983). Final­mente, durante la época de las pro­testas (1983-87) se em­pleó una tortura masiva, aplicada en el curso de los allanamien­tos a po­blaciones, en deten­ciones breves ante la presen­cia de muchas personas en el mismo lugar de los hechos. Simul­táneamente se si­guió aplicando la tor­tura tecnifica­da a opo­sitores detenidos in­dividualmente. Con el desarrollo de grupos armados opositores (1987-89), la tortura vuelve a ser a­plicada con una fina­lidad esencial de obtener información, es técnica y selec­tiva.

 
Las etapas de 1974 a 1989 se configuran al destacar los rasgos fundamentales del período, pero hay una combinación permanente de una tortura masiva y cuasi pública, realizada especialmente por carabineros o fuerzas del ejército cuando hay grandes movimientos populares  y una tortura tecnificada, especialmente a cargo de la CNI, y secundariamente a cargo de Investigaciones y organismos especializados de Carabineros, con apoyo médico y dirigida a los dete­nidos por sospechas de estar vin­culados a grupos oposi­tores ar­mados o que simpatizan con ellos o simplemente con per­sonas vinculadas a organizaciones opo­sitoras, generalmente, de izquier­da. La distinta importancia que asumen estas dos formas de tor­tura es la que configura per­íodos distin­tos.

 
Los primeros meses de la dictadura se improvisó hasta en tortura. Algunos oficiales aplicaron la tortura deliberadamente, otros no la aplicaron y otros lo dejaron al criterio de sus subordinados. El resultado fue que existió una indiscriminada aplicación masiva de distinta intensidad. En algunas partes, como en el Estadio Nacional, el Estadio Chile, la Academia de Guerra de la FACH, la Isla Quiriquina y Tejas Verdes se torturó para matar. En otras se torturó para castigar y en otras partes para obtener información, lo que resultaba absurdo porque todo era transparente y aún no se organizaban aparatos opositores armados y clandestinos. A algunos presos se les encomendó la tarea de elaborar proyectos políticos acordes a las orientaciones de algunos generales. La tortura es­tuvo a cargo del SIM, el SIFA, SICAR, el ejército, la armada, carabine­ros y en menor medida de Investigaciones, servicio que paulatina­mente fue avanzando en la tortura hasta llegar al nivel de los servicios de inteligencia hacia 1978. 

 
En ese período (1974-78) la tortura y la desaparición de deteni­dos están estrechamente vinculados. Gran parte de los detenidos desa­pareci­dos fueron torturados hasta la muerte como lo señalan las decla­raciones de los sobrevivientes.

 
En la etapa de la CNI, la tortura llega a un alto nivel de sofis­ticación y la descarga eléctrica es la tortura preferida por los efec­tos que provoca y porque no deja huellas. El ser humano es mani­pulado y llevado a situaciones límites en pocos minutos y esto se repite hasta obtener el resultado esperado: la delación y la firma de confesiones auto inculpatorias. Sin embargo, aunque se lograsen, la tortura proseguía, ya no para obtener infor­ma­ción, sino que simplemente para castigar y aterrorizar.

 
En este período se crean organismos de fachada como el COVEMA, FLAMA, etc. que se especializan en torturas. El COVEMA estaba integrado por agentes del Servicio de In­vestigaciones, lo que fue descubierto accidentalmente por cara­bineros al ser interceptados e identificados cuando raptaban o detenían a algunas personas. ( LA NACION , 1981).

 
Como se ha señalado, a partir de 1983 y hasta 1987, la tortura vuelve a ser masiva y se aplica por grupos especializados en los allanamientos a poblaciones o en las detenciones breves torturan­do en el vehículo en el cual se transportaba al detenido, En las operaciones de rechazo a las acciones de protesta, la tortura es realizada por militares, carabineros o agentes, en forma burda y brutal: golpizas, quema­duras, obligación de pisar el fuego a pie desnudo, etc.

 
El refinamiento en la tortura se expresó en los últimos años de la dictadura en la aplicación de la llamada tortura blanca, la que consiste fundamentalmente en el aislamiento del detenido, por períodos prolongados, sin que tenga acceso a visitas, lecturas, etc. Este período, en la medida que se prolonga, afecta al de­te­ni­do, que además, puede vislumbrarlo como la antesala a la tor­tura física que a veces no llega a ocurrir o corresponde al per­íodo posterior a la tortura y tiene como finalidad adicional per­mitir que se borren las huellas físicas de la tortura. Estos per­íodos de aislamiento producen efectos desequilibradores en la persona dete­nida, de acuerdo con la percepción de los psicólogos y psiquiatras que han tratado estos casos.

 
Esta tortura blanca está garantizada legalmente en el decreto ley 3168 que prolonga las incomunicaciones por períodos de 20 días.

 
La tortura estuvo presente a lo largo de todo el proceso repre­sivo y estuvo estrechamente relacionada a otros instrumentos re­presi­vos, pero se aplicó en distinta magnitud, dependiendo de sus pro­pios excesos y de la coyuntura política. Así, el uso ex­tremo de las torturas en el caso del menor Veloso en marzo de 1978, deter­minó que se hiciesen reformas en la CNI porque la tortura se usó para extraer confesiones que tenían como objetivo engañar a la propia autoridad militar.

 
Sin embargo, no hay que creer que hay una relación de dinámica mecánica entre la coyuntura política y el aumento o disminución de la tortura. Las previsiones a mediano y largo plazo deben in­fluir en las decisiones. Así por ejemplo, en 1978 se torturó a varios dirigentes del Partido Socialista (caso de Jaime Tron­co­so), a pesar de que el Partido estaba en pésimas condiciones or­gánicas, dividido y atomizado.

 
3.7 La cuantificación de la tortura.

Como se ha señalado antes, a pesar de ser la tortura, la columna vertebral de la política de terror impuesta en Chile, el registro de ellas es muy reducido.

 La facilidad para borrar las pruebas de la tortura, dificulta su verificación. El primer caso de constatación fidedigna de tortura es el de Sergio Zamora, quien se fugó de sus captores de la DINA el 15 de mayo de 1975 y pudo ser examinado por médicos que comprobaron que tenía 18 puntos en el cuerpo donde se le habían apli­cado cigarrillos encendidos. (Ahumada y otros, 1990).

 
Por una parte existen los factores que inhiben la denuncia, seña­lados anteriormente y por otra la necesidad de la veracidad y credibilidad, determinaba que sólo se registrasen en la Vicaría los casos en los cuales había querella por tortura ante los tri­buna­les. Esa es la razón por lo que las cifras de la Vicaría son in­feriores a las de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, ya que esta última registraba los casos de la Vicaría más la infor­mación de prensa (cuando la había), más las declaraciones, jura­das o no, que se prestaban ante la Comisión u otro organismo de dere­chos humanos. Sin embargo, los datos de los años 1979 al 1981 son mayo­res o iguales a los de la Comisión, porque ésta acababa de esta­blecerse y no había desarrollado sus sistemas de infor­mación y no disponía de toda la información de la Vicaría.

 
Por su parte CODEPU ha llegado a la conclusión que de acorde a la normativa internacional, todas las detenciones arbitrarias son formas de torturas.  Las torturas en los primeros cinco meses de 1984 serían 919 y no 70 según este criterio. (CODEPU, 1985).

Sin embargo, la inhibición a denunciar las torturas debe haber sido el principal factor en la deformación de estos datos y en su aparente pequeña significación.

 Otro factor importante es la escasa claridad conceptual respecto de lo que es la tortura. Muchas personas consideraban que la tor­tura era exclusivamente las sevicias aplicadas durante varios días y con extraordinario salvajismo. La frontera entre torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes no es clara y a menudo había prisioneros que declaraban satisfechos de que no habían sido torturados a pesar de haber sido golpeados, colgados o que se les había aplicado picana eléctrica, porque no habían sido sometidos a otras torturas extremas como electricidad en todo el cuerpo, in­mersiones, violación, etc.

 
Las declaraciones de los detenidos del largo período de dic­ta­dura hacen llegar a las siguientes conclusiones cuantitativas:

 
-La detención individual o individualizada fue la antesala de la tortura, la que se aplicó en casi todos los casos. En las deten­ciones masivas, la tortura se aplicó sólo a algunos de los de­teni­dos.

 
-En los primeros meses la tortura se aplicó indiscriminada y ma­si­vamente pero afectó a un porcentaje alto de los detenidos, pro­ba­blemente un 80 o 90%.

 
-Durante el período de la DINA, casi todos sus prisioneros fueron torturados, la excepción la constituyen algunas personalidades que no sufrieron torturas y que no superan al 1% de los deteni­dos.

 
-Los detenidos individualizados, a cargo de Carabineros fueron torturados en una alta proporción y esta proporción aumen­ta ex­tra­ordinariamente en el caso de Investigaciones.

 
Los datos sobre tortura y las estimaciones basadas en las con­s­ide­raciones establecidas son los siguientes:                                        

CUADRO Nº 4
TORTURAS (PRIMERA ESTIMACIÓN)
PERSONAS TORTURADAS
1973-1989

Años 1/ Vicaría 2/ Comisión 3/ Otras 4/ Primera estimación 5/
1973 . . ( (
1974 . . ( (
1975 . . ( 1.429 7/ ( 1.429
1976 . . ( (
1977 . . ( (
1978 95 6/ . . 95
1979 374 143 . 374
1980 151 91 . 151
1981 68 68 . 68
1982 57 123 . 123
1983 77 434 . 434
1984 100 297 .297 297
1985 84 169 . 169
1986 132 299 . 299
1987 105 134 . 134
1988 57 141 . 141
1989 12 78 . 78
TOTAL 1.312 1.987 1.429 3.792

NOTAS y fuentes:

1/ El año 1973 corresponde al período desde el 11-09-73 al 31-12-73.

2/ Vicaría de la Solidaridad

3/ Comisión Chilena de Derechos Humanos. Datos corregidos y revi­sados a partir de los INFORMES MENSUALES

4/ Denuncias presentadas ante organizaciones internacionales entre el 11-09-73 y 31-12-77.

5/ Estimaciones basadas en las cifras anteriores y se registra la cifra mayor entre la Vicaría y la Comisión.

6/ Corresponde al período del 01-06-78 al 31-12-78.

7/ Total del período indicado en la nota 4.

 Considerando los antecedentes disponibles sobre torturas, según esta primera estimación, la tortura se habrá aplicado a 3.792 personas. Sin embargo, hay otros dos categorías de violaciones graves a los derechos humanos que conllevan tortura, ellas son los casos de detenidos desaparecidos y los casos de muertes.

 
Hay información muy completa de testigos sobrevivientes que com­partieron la prisión con detenidos desaparecidos que certifican que éstos sufrieron torturas. En esta categoría parece que no existen excepciones ya que no hay información de detenidos desa­parecidos que no hayan sido torturados, aunque no hay infor­mación de todos los casos.

 
Respecto de los casos de muertes como violación a los derechos humanos es necesario distinguir dos tipo: los que fue­ron ejecutados después de haber estado detenidos y los que murie­ron sin que existiese detención previa.

 
Obviamente los casos del segundo grupo no fueron torturados, dado que la tortura requiere la detención, aquí se incluyen los casos de muertes en protestas y manifestaciones. El primer grupo está compuesto de personas que casi en su totalidad fueron torturadas, según la información obtenida de los testigos sobrevivientes.

La segunda estimación, en consecuencia, será la suma de la pri­mera estimación más las personas detenidas desaparecidas y más los ejecutados no detenidos.

CUADRO Nº 5
TORTURA (SEGUNDA ESTIMACION)
PERSONAS TORTURADAS
1973-1989

A Años B Torturas (primera estimación) C Detenidos desaparecidos D Ejecutados detenidos E Torturas segunda estimación)
1973 1.168 501 668 2.337,00
1974 131 265 75 471,00
1975 81 83 46 210,00
1976 35 116 20 171,00
1977 14 18 8 40,00
1978 95 3 8 106,00
1979 374 . 19 393,00
1980 151 1 19 171,00
1981 68 4 31 103,00
1982 123 . 11 134,00
1983 434 . 38 472,00
1984 297 2 36 335,00
1985 169 . 26 195,00
1986 299 1 30 330,00
1987 134 5 15 154,00
1988 141 . 31 17,002,00
1989 78 . 21 99,00
TOTAL 3.792 999 1.102 5.893

NOTAS: Las estimaciones para algunos períodos específicos y los ajustes están explicados en los anexos de esta parte.

Para el año 1988 se restaron 7 muertes ocurridas en supuestos enfrentamientos.

Fuentes: Cuadros Nº 4 , 16, 17, 21 y 22

Esta segunda estimación se aproxima más a la dimensión real de la tortura y sigue siendo extremadamente rigurosa en la selección y conservadora en las cantidades.

La tercera estimación, que probablemente se aproxima más a la realidad es la de partir del supuesto que todas las detenciones individuales ocurridas en el período inicial fueron objeto de torturas, en el sentido definido al comienzo de este apartado, de acuerdo a la Convención Internacional Contra la Tortura, dado que estos prisioneros fueron sometidos a encierros prolongados, sin las mínimas condiciones sanitarias, fueron sometidos a golpizas o a trabajos forzados o a ejercicios dolorosos y además una propor­ción importante de ellos fueron sometidos a interrogatorios acom­pañados de torturas violentas.

 Esta situación corresponde especialmente al período 1973-1976.

 
De 1977 a 1989, la información disponible señala que casi todos los detenidos acusados de infracciones a la Ley de Control de Armas y a la Ley Antiterrorista y Código de Justicia Militar, Código Penal y otras leyes, fueron torturados, mientras que una proporción reducida de los acusados por infrac­ciones a la Ley de Seguridad del Estado también lo eran.

 
La información disponible no permite saber con exactitud cuántos de los detenidos pueden ser clasificados en cada rubro. Sin em­bargo es posible hacer estimaciones en atención a aquellos casos de los cuales se dispone de mayor información, restado al total de detenidos los casos de detenciones por Ley de Seguridad del Estado realizadas por Carabineros e Investigaciones. Este crite­rio se aplica a todo el período 1973-1989, a pesar de que en 1973-76 el número de torturados debe ser mayor.

 
En esta estimación sólo se utilizarán los datos de detenciones individuales, dado que incluyen a los detenidos desaparecidos y a los ejecutados que fueron torturados.

CUADRO Nº 6
PERSONAS DETENIDAS SUJETAS A TORTURAS
1973-1989

A Años B Detenciones individuales (estimacion) C Detenciones por Ley Seguridad Estado D Torturas (tercera estimacion)
1973 50.000 6.427 43.573
1974 40.000 11.612 28.388
1975 14.000 4.850 9.150
1976 10.000 . 10.000
1977 2.000 56 1.944
1978 390 63 327
1979 2.247 623 1.624
1980 962 336 626
1981 771 265 506
1982 1.349 547 802
1983 2.803 1.745 1.058
1984 2.485 949 1.536
1985 2.982 1.248 1.734
1986 3.780 1.470 2.310
1987 3.007 19 2.988
1988 5.087 16 5.071
1989 466 9 457  
TOTAL 142.329 7.346 114.000  

FUENTES: C uadros Nº 29 y 32

NOTAS:A: Para 1973 se consideran los 4 últimos meses

B: Estimación de las detenciones individuales

C: Número de detenidos por Carabineros e Investigaciones acusados de infrac­ciones a la Ley de Seguridad del Estado

D: Diferencia entre B-C.

En atención a esta estimación, se puede sostener que la tortura tuvo una magnitud mucho mayor de lo que habitualmente se con­sideró, dadas los factores analizados al comienzo de este capí­tulo respecto de las dificultades de la cuantificación.

3.8 Tratos crueles, inhumanos y degradantes.


Todo lo expuesto en este capítulo, sobre el uso de la violencia en el cuerpo humano, no se reduce a los casos analizados y cuan­tificados. Hay otros instrumentos represivos que están subor­di­nados a la tortura y aunque forman parte de ella, a veces pueden tener una existencia independiente, se trata de las violencias in­necesarias y/o los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

 
Los tratos crueles, inhumanos y degradantes no han merecido un análisis especial, de carácter teórico, dada su englobanmiento en la tortura, sin embargo, las organizaciones de derechos humanos los han registrado en algunos períodos y los han definido aten­diendo a su diferencia con la tortura: “Se distingue de ésta por­que su ejecución no lleva implícita la búsqueda de información; el acto se efectúa sólo con el fin de castigar y amedrentar y el sujeto puede encontrarse detenido o no.” (Red de Informática). También se ha des­tacado que hay una diferencia de nivel o intensidad entre la tor­tura y los tratos crueles. Finalmente se ha argumentado que la tortura es sistemática y los tratos crueles obedecen a factores más eventuales.

 
La Comisión Chilena de Derechos Humanos ha llevado un registro de estas violaciones a partir de 1983, dado que con las protestas se empezaron a emplear más masivamente:

CUADRO Nº7
TRATOS CRUELES INHUMANOS Y DEGRADANTES
1983-1988

Años Personas afectadas
1983 1.180
1984 1.541
1985 746
1986 864
1987 644
1988 1.218
TOTAL 6.193

FUENTE: Comisión Chilena de Derechos Humanos, Informes Mensuales y Anuales.

Como puede apreciarse, estos tratos son muy masivos y corresponde a 4 veces las torturas del período registradas por la misma Comi­sión (1.465 casos)

 
La conclusión es que si hiciera una estimación de la aplicación de este instrumento podría llegarse a conclusiones importantes, porque demostraría que el ataque al cuerpo humano, fue una de las preocupaciones centrales de la política represiva.

 
Por otra parte, la Vicaría de la Solidaridad ha registrados las llamadas violen­cias innecesarias que tienen una  definición legal muy precisa, lo que configura actuaciones ante los tribunales y ello significa que estos tratos -y torturas- queden a veces in­volucrados en este concepto, aunque en general corresponden a tratos crueles. Una característica esencial de las violencias in­necesarias es que pueden afectar a bienes materiales, además de personas, aspecto que en alguna medida, en este trabajo se ha mencionado en los allanamientos.

 
Las violencias innecesarias se empezaron a registrar a partir de las protestas de 1983, pues fueron un instrumento que se empleo masivamente en el ataque a los manifestantes o a los hogares de poblaciones donde se realizaban manifestaciones.

 
Su importancia cuantitativa fue muy grande y supera ampliamente al número de torturas registrada por la misma Vicaría en el per­íodo 1983-1089. Es probable que éstas violencias innecesarias hayan existido antes, pero se confundían con las torturas.

Los datos registrados por la Vicaría son los siguientes:

CUADRO Nº 8
VIOLENCIAS INNECESARIAS DENUNCIADAS ANTE LOS TRIBUNALES EN SANTIAGO
1983-1989

Año Con resultado de lesiones Con resultado de muerte Causando daños en bienes materiales total
1983 578 24 99 701
1984 891 29 20 940
1985 474 12 6 492
1986 408 16 13 437
1987 111 8 19 138
1988 191 6 27 224
1989 45 2 3 50

FUENTE: Vicaría de la Solidaridad.

Como puede apreciarse, el total de afectados asciende a casi tres mil personas en el período 1983-89 y en el mismo lapso, las tor­turas registradas por la Vicaría sólo alcanzaban a 567. Si fuese posible establecer la proporción 1:6 entre torturas y violencias innecesarias y aplicarla a las estimaciones presentadas sobre torturas, estas violencias aparecerían como uno de los instrumen­tos que se han utilizado más masivamente durante la represión. Considerándolo como una expresión de la tortura, muestra que cua­ntitativamente la tortura más una estimación de los tratos crue­les, por lo menos en el período 83-89, significaría multiplicar por 7 todas las estimaciones sobre tortura presentadas antes.

3.9 La tortura y su erradicación.

La tortura es el instrumento represivo más difícil de erradicar y su persistencia es tal que se proyecta al régimen democrático, mientras que muchos de los otros instrumentos fueron efec­tivamen­te erradicados (detenidos desaparecidos, muertes, exilio, etc).

Hasta 1989, la tortura prosiguió y la dictadura militar aprobó con reservas la Convención en Contra de la Tortura, lo que la hacía inaplicable, pues establecía que el subordinado que tor­tu­raba, estaba exento de responsabilidad si había representado ante el superior esta orden. De la misma manera no es aceptable el artí­culo que impide expulsar del país a una persona que puede ser torturada en el otro.

El movimiento chileno de derechos humanos dedicó grandes esfuer­zos y energías  a erradicar este flagelo, sin embargo los resul­tados son frustrantes.

La labor de denuncia de la Vicaría de la Solidaridad y la presen­tación de más de 1.300 querellas por torturas ante los tribunales y su ningún resultado judicial es una prueba del escaso efec­to obtenido

El surgimiento y la lucha admirable del Movimiento Contra la Tortura Sebastián Ace­vedo es un esfuerzo social que no logró masificarse y se mantuvo relativamente aislado en sus ac­ciones testimoniales. La labor de este movimiento y de organi­za­ciones internacionales pueden contribuir a la erradicación de la tor­tu­ra.

La labor de denuncia de la Vicaría de la Solidaridad y de las otras organizaciones de derechos humanos fue lo más exitoso de lo realizado, ya que al menos consiguió la condena internacional del gobierno militar.

Como se señaló en un Seminario Internacional Contra la Tortura realizado en Ginebra, el medio más eficaz para erradicar la tor­tura es la infor­mación, la denuncia objetiva y documentada de los casos que ocur­ren. En el largo plazo, la educación en derechos humanos parece ser la única garantía para que en nuestra patria no haya tortura.

Otro aporte significativo del movimiento de derechos humanos a la lucha en contra de la tortura es la labor de apoyo psicológico a los torturados y a sus familias, para lo cual se han desarrol­la­dos terapias individuales, familiares y colectivas, con la cola­bora­ción de psiquiatras, psicólogos, kinesiólogos, asistentes socia­les, monitores en artesanías, artes y educación física. Un número creciente de instituciones de derechos humanos han asumido esta tarea: Vicaría de la Solidaridad, FASIC, CINTRAS, PIDEE, ILAS, etc.

Los esfuerzos que actualmente se realizan en el plano inter­nacio­nal, en el sentido de someter a juicio a los torturadores en cua­l­quier lugar donde se encuentren y sobre la cual hay jurispru­den­cia en Estados Unidos, es una tendencia que puede generalizarse y que eliminaría los santuarios de los cuales actualmente gozan los torturadores.

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

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 Asocia­ción de Abogados Pro Derechos Humanos e Chile, La tortura en el Chile de hoy, en BOLETIN N° 1 de la Asociación de Abogados Pro derechos Humanos en Chile, s.f.

 
Becker Inzunza, Mario y Fanny Pollarolo, Informe acerca de la par­ticipación de médicos en la tortura, 1982, Santiago, FASIC, 1983 .

 
Colegio Médico de Chile: Participación de Médicos en Tor­turas, en ETICA MEDICA, Terceras Jornadas, 1° de Octubre de 1986.

CODEPU, Tortura, documento, Primer Se­mestre de 1985, Santiago, CODEPU, 1985. Pág 45.

Comblin, Joseph La doctrina de la Seguridad Nacional, en Dos en­sayos sobre Seguridad Nacional, Santiago, Vicaría de la Solidari­dad, 1979. 

Comisión de Verdad y Reconciliación, Informe de la Comisión Na­cional de Verdad y Reconciliación, Santiago, s.f., s.e., 3 tomos.

Ejército de Chile, Declaración , EL MERCURIO, 14 de junio de 1989.

Frenz, Helmutt, entrevista en Revista ANALISIS del 19 de marzo de 1990

Garretón Merino, Roberto La Declaración sobre la Protección de Todas las Personas Contra la Tortura, de la Asamblea General de las Naciones Unidas y la legislación chilena, en Comisión Nacio­nal contra la Tortura, Organización y antecedentes de la Comisión Na­cional contra la Tortura.

HarperCharles. Conciencia cristiana frente a la pro­pagación de la violación de los derechos del hombre, en ESTUDIOS 1, Mayo de 1975, Arzobispado de Santiago, Vicaría de la Solidari­dad.

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Montealegre, Hernán, La seguridad del Estado y los derechos huma­nos, Santiago, Academia de Humanismo Cristiano, 1979. Especial­mente el capítulo 35.                                              

Moos, Robert, La tribulación de Chile, en revista PORTADA N° 48, Santiago, 1975.                       

Red de Informática de las Instituciones de Derechos Humanos, Glosario de definiciones operacionales de las violaciones a los derechos humanos.  Edición trilingüe Español-Francés-Inglés. Segunda edición corergida. Santiago, FASIC, 1991.

Terrón, E. Una interpretación sociológica de la tortura, en J. Corominas y J. M.Farra, Contra la tortura, Bar­celona, Fon­tanel­la, 1978, Primera edición.                                             

Vidal, Mario, Daño psicológico en la vida cotidiana, en revis­ta REFLEXION, DERECHOS HUMANOS Y SALUD MENTAL, Santiago, Marzo de 1990. N° 107.                                                      

Weinstein, Eugenia y Elizabeth Lira, La tortura, en Eugenia Weins­tein y Elizabeth Lira, María Eugenia Rojas y otros, Trauma, duelo y reparación, Santiago, FASIC, 1987.

ANEXO
ESTIMACION DE LOS TIPOS DE MUERTES (TORTURADOS)

Para determinar cuántas de las personas muertas por violación a los derechos humanos fueron previamente torturadas o murieron a consecuencia de las torturas se utilizará la clasificación y los datos de la Comisión Verdad y Reconciliación para obtener indicadores de la distribución de los distintos tipos de muertes. (Comisión de Verdad y Reconciliación, s. f. )

Estos datos son los siguientes:

CUADRO N º 9
MUERTOS POR AGENTES DEL ESTADO O PERSONAS A SU SERVICIO
1973-1989

Tipos de muertes Víctimas de agentes Personas muertas Porcentajes
EN CONSEJOS DE GUERRA 59 5,52
ALEGANDO LEY DE FUGA 101 9,46
OTRAS EJECUCIONES Y MUERTOS POR TORTURA 815 76,31
DURANTE PROTESTAS 93 8,71
TOTALES 1.068 100,00

FUENTE: Comisión de Verdad y Reconciliación, Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Santiago, s.f., s.e., 3 tomos.

Estos porcentajes se pueden utilizar como tasas de distribución por tipo de muerte, de tal manera que las cifras de la Vicaría que se disponen podrán especificarse aplicando los porcentajes al total de casos registrados por la Vicaría:

CUADRO Nº10
POR TIPOS DE MUERTES
1973-1989

Tipos de muertes Víctimas de agentes Personas muertas Porcentajes
EN CONSEJOS DE GUERRA 71 5,52
ALEGANDO LEY DE FUGA 122 9,46
OTRAS EJECUCIONES Y MUERTOS POR TORTURA 982 76,31
DURANTE PROTESTAS 112 8,71
TOTALES 1.287 100,00

Una vez determinada esta distribución hay que estimar la distribución cronológica año a año y el número de casos en los que hubo torturas, para lo cual utilizaremos el total de 1287 menos las 112 personas que habrían muerto en las protestas, esto da un total de 1175 casos de muertes por violaciones a los derechos humanos, detenidos a los cuales se les aplicó tortura según muestra estimación.

En la serie cronológica, se eliminarán 112 casos en el período 1983-1988 que es el período de las protestas, en la misma proporción en que se distribuyen los casos de muertes según el sistema proporcional que se presenta a continuación. De esta manera hay una estimación de personas que fueron torturadas durante su detención y antes de su muerte.

Obviamente los resultados se transcribirán en enteros aproximados.

CUADRO Nº 11
ESTIMACIÓN DE MUERTES EN PROTESTAS Y EN TORTURAS
1983-1987

A Años B Muertes registradas Vicaria C Porcentajes D Cálculos distribucion muertes en protestas E Saldos Muertes en tortura
1983 83 25,70/td> 38 45
1984 85 26,32/td> 38 47
1985 56 17,34/td> 25 31
1986 60 18,58/td> 27 33
1987 39 12,07/td> 18 21
TOTAL 323 100,01 146 177

Hay que destacar que un pequeño porcentaje de la estimación corresponde a personas que murieron en supuestos enfrentamientos, en algunos de cuyos casos pudo no existir tortura previa, pero en cantidad son poco significativos, sin embargo, se rebajará la mitad de estos casos, pues hay constancia que en algunos de ellos hubo detención previa.

CUADRO Nº 12
MUERTES EN TORTURA Y SUPUESTOS ENFRENTAMIENTOS
1983-1987

A Años B Muertes con tortura C Muertes en supuestos enfrentamientos D Saldo
1983 45 7 38
1984 47 11 36
1985 31 5 26
1986 33 3 30
1987 21 6 15
TOTAL 177 32 145

El año 1988 será disminuido en 3 casos de supuestos enfrentamientos del período, fijando la cifra en 19 muertes.

La estimación rebajando parte de los muertos en supuestos enfrentamientos hacia períodos anteriores no se hará, porque la información disponible indica que se trataba de muertes en falsos enfrentamientos y que había habido detención previa.

Estimacion de la distribucion de casos de tortura entre 1973 y 1977. Atendiendo a que se han recibido 1429 denuncias de torturas en organismos internacionales, (cuadro Nº 4) correspondientes al período 1973-1977 se ha procedido a calcular la distribución de las muertes ocurridas en el mismo período (que en su casi totalidad murieron después de ser torturados) y estas tasas se han aplicado al total de 1.429 para estimar las cantidades anuales, según el siguiente cuadro:

CUADRO Nº 13
ESTIMACIÓN DE TORTURADOS
1973-1977

A Años B Ejecutados Políticos C Porcentajes D Torturados
1973 668 81,76 1.168
1974 75 9,18 131
1975 46 5,63 81
1976 20 2,45 35
1977 8 0,98 14
TOTAL 817 100,00 1.429

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